sábado, 30 de julio de 2016

LOS CONOCIMIENTOS MILITARES DE DONALD TRUMP


Trump había sido enviado por su padre a la New York Military Academy, una especie de boot camp para gente acomodada, con el propósito de corregirle. Esa es su única experiencia como militar, pero supo escabullirse del reclutamiento para la guerra de Vietnam. El Daily News recoge esa historia en su portada, donde se lee: “El soldado de juguete Trump atacó verbalmente e insultó a un verdadero héroe de guerra pero usó cinco aplazamientos y un arañazo en el pie para esquivar el reclutamiento de Vietnam”. Se hace un llamado en su foto mostrando una condecoración sobre su uniforme de soldadito de juguete y se dice: “Y aquí está su medalla por ser aseado”.  




Cuando a Trump se le preguntara cual era el problema que había tenido en el pie dijo que se trataba de un espolón; al preguntársele en cual pie tenía el espolón dijo no recordarlo. Ahora los voceros de su campaña aseguran que se trataba de dos espolones, uno en cada pie.

domingo, 17 de julio de 2016

Resistencia pasiva – Lucha noviolenta, una recopilación sobre el tema


Según Rodrigo Borja en Enciclopedia de la Política, “la resistencia pasiva es una de las variantes que puede asumir el derecho de resistencia de los pueblos ante el abuso autoritario. Este derecho puede ejercerse por la vía pacífica o violenta. La primera vía lleva hacia la llamada resistencia pasiva. La segunda, con su doble modalidad de lucha abierta o clandestina, puede conducir a la revolución si confluyen las condiciones objetivas y subjetivas necesarias.

Se usa la expresión resistencia pacífica para designar la actitud de oposición popular no violenta contra un gobierno despótico o contra una fuerza de ocupación extranjera. Ella implica actos de desobediencia civil, huelga de brazos caídos, no participación en actividades públicas y otros medios de protesta desprovistos de violencia. Esta táctica fue puesta en práctica exitosamente por Mahatma Gandhi (1869-1948) contra las fuerzas colonialistas inglesas en la India en 1913. Algo parecido se intentó hacer más tarde en Checoeslovaquia ante la invasión soviética de 1968, aunque con resultados poco efectivos”.

Otras definiciones para la resistencia pasiva la consideran como “una forma de lucha política, basada en la doctrina de la no violencia, consistente en diversos tipos de acciones pacíficas hostiles al poder político, tales como la desobediencia civil, manifestaciones y marchas pacíficas, encierros voluntarios, huelgas de hambre, etc., con el objeto de lograr la satisfacción de ciertas reivindicaciones o conseguir el resquebrajamiento del régimen político”. Otros consideran la resistencia pasiva como diferente de la lucha noviolenta al ser el “sólo negarse a hacer algo indicado desde el poder convencional o un gobierno”, es decir, una forma de desobediencia civil y de no colaboración.

En general, las características de la resistencia pasiva poseen las siguientes manifestaciones:

a) resistencia ética (originalmente la 'no-resistencia', no resistirse al mal causando injusticia).
b) Intentar la Negociación e incluso el arbitraje
c) Preparación, entrenamiento y concienciación del grupo (rebelde) para la acción directa
d) Agitación y peticiones concretas de cambio y transformación del régimen o sistema político-social
e) Emisión de un ultimátum (dirigido al oponente u opresor)
f) Medidas de Boicoteo económico y medidas de huelga
g) No cooperación o no colaboración política
h) Formas de acción directa o intervención noviolenta como la Desobediencia civil
i) Creación de instituciones paralelas (como la usurpación de las funciones de gobierno)
j) Desafío total con la creación de un Gobierno paralelo

Jean Dale, por su parte menciona la “resistencia cotidiana” como “formas anónimas, individuales, que no requieren de una organización previa, pero si requieren de una interiorización muy profunda de sus parámetros culturales a partir de los cuales actúan y se hacen presentes en todo momento. Y que implican altos niveles de impugnación del sistema establecido”. Es la expresión del disgusto de parte de la población, en el caso que estudia son los campesinos, que no es “una acción concertada ni organizada, sino una forma de corroer el sistema burocrático confrontarse a él y proteger sus propios intereses, (…) muy típico de lo que es la resistencia cotidiana”.

La acción política noviolenta no es resistencia pasiva, tampoco “resistencia ordinaria” –actos de comunidades agraristas y premodernas, con protestas de bajo perfil, sabotaje, evasión de tributos, y desobediencia localista estudiados por autores como Scott (1989)–. Tampoco se reduce a la participación en la política institucional (elecciones, cabildeo), no es evasión del conflicto, negociación o resolución tolerante de los conflictos, aunque puede ser una forma de  ganar poder de negociación y buscar la paz. En términos generales, advirtiendo sobre la diversidad de enfoques, la acción política noviolenta es una forma de continuar el conflicto y defender o mantener una posición política hasta las últimas consecuencias, pero minimizando los daños al adversario y al medioambiente. (Freddy Cante. Prólogo al libro de Kurt Schock, Insurrecciones no armadas)

la acción noviolenta es ante todo una forma de acción, y no una forma de acción cualquiera, sino una forma de acción por un lado con carácter sociopolítico, ya que está relacionada con el poder, en los ámbitos de aplicación, resistencia y deconstrucción del mismo, y por otro lado literalmente no violenta, es decir, tiene unas dinámicas propias adquiridas por el rechazo del uso de la violencia”. (Jesús Castañar Pérez: Las claves de la acción política noviolenta en contexto de conflicto armado)

Kurt Shock: “Insurrecciones no armadas” Editorial Universidad del Rosario. Bogotá 2008. Al final de la página 53 dice: “En vez de ser enfocada como la mitad de una rígida dicotomía violencia-noviolencia, la acción noviolenta podría ser mejor entendida como un conjunto de métodos con rasgos especiales que difieren tanto de la resistencia violenta como de la acción institucional”, y Castañar Pérez aclara este concepto diciendo: “se deben excluir de la definición de acción noviolenta actos políticos convencionales que no usan la violencia, como por ejemplo presentarse a unas elecciones. De esta manera tendríamos que distinguir entre varios tipos de acción política: la acción institucional (sin violencia), la acción noviolenta y la acción violenta (categoría que, a su vez, admite diferenciar entre la acción violenta incruenta (sabotajes, disturbios etc.) y la lucha armada (que abarcaría desde el terrorismo a la guerra de guerrillas o guerra revolucionaria militarizada). El abanico de formas de acción podría variar entonces entre acción institucional, acción noviolenta, acción violenta incruenta y lucha armada”.

La acción noviolenta es una técnica de acción sociopolítica para aplicar poder en una situación de conflicto sin utilizar medios institucionales ni recurrir a la violencia ni siquiera de forma simbólica. (Castañar, 2013, pág. 26, citado por Jesús Castañar Pérez)

La acción noviolenta normalmente es puesta en marcha por un actor político, que puede ser un grupo político, un movimiento, una plataforma o alguna otra forma de asociación colectiva, y se dirige contra un oponente, al que se exige ciertas demandas o concesiones que pueden ser de carácter social o político. Este oponente suele estar armado y emplear distintas estrategias violentas para la represión de las movilizaciones noviolentas, y, aunque técnicamente en el conflicto se produce respuesta armada, no es considerado como conflicto armado por el Derecho Humanitario Internacional, para el cual sólo existe conflicto armado si el conflicto se produce entre un estado y un grupo armado o entre grupos armados entre sí.

La protesta y la violencia no son consecuencia directa de una insatisfacción momentánea en la población. La predisposición a utilizar la violencia depende más bien de las capacidades y posibilidades de movilización política que tienen los grupos descontentos. Entre las posibilidades de movilización política de un grupo y su capacidad de organización existe una relación estrecha. Por eso hay que buscar los mecanismos con los cuales el grupo recluta a los individuos y obtiene su lealtad. Decisivos para la capacidad de un grupo y organización de realizar acciones colectivas son los recursos que tiene a su disposición; el concepto de recurso en que se basa es amplio y abarca, además de los militares y financieros, factores ideológicos y motivacionales. Los grupos contestatarios dirigen al sistema político reivindicaciones que tienen por objeto mejorar su posición y adquirir bienes colectivos adicionales. Según los recursos de que dispongan, pueden permitirse ejercer presión de una manera suave e invisible (por ejemplo, mediante un grupo de presión) o tienen que recurrir a la violencia, medio espectacular por su potencialidad de destruir el sistema”. (Waldman, Peter (1997): Radicalismo Étnico. Análisis comparado de las causas y efectos en conflictos étnicos violentos. Ediciones Akal. Móstoles, pág. 30)

Ackerman y Kruegler (Ackerman, Peter y K. Kruegler: (1994) Strategic nonviolent Conflict, the Dynamics of People Power in the Twentieth Century Westport, Connecticut. Londres, Praeger. Cit. por Jesús Castañar Pérez) han señalado cuatro importantes errores en los que a veces caen los activistas de movimientos noviolentos:

1)     Mecanicismo (suponer que la práctica de la noviolencia seguirá el curso de otros ejemplos históricos).

2)     Utilitarismo (suponer que la orientación pragmática o ideológica del movimiento constituye un factor determinante).

3)     Reduccionismo (creer que sólo dos factores determinan el resultado de las luchas noviolentas: la capacidad y voluntad por parte del oponente para reprimir violentamente y la capacidad del actor noviolento para resistir)
4) Externalismo (pensar que los recursos y autoridad del oponente son lo único que determina el resultado).


De acuerdo con Kurt Schock: “Deben confluir dos condiciones básicas para que un desafío contribuya a las transformaciones políticas: 1) el desafío debe ser capaz de oponerse exitosamente a la represión, y 2) el desafío debe socavar el poder de Estado. Esas condiciones son suficientemente obvias. Lo que es menos obvio son los atributos y acciones de quienes promueven el desafío y que contribuyen a que se den esas condiciones y mecanismos que vinculan los atributos del movimiento y el accionar para el cambio político. Tanto los retos primariamente violentos como los primariamente noviolentos podrían resistir o desarticular con éxito la represión estatal, y el poder del Estado podría ser minado a través de desafíos violentos o noviolentos”.

sábado, 16 de julio de 2016

Sobre las Bases de Somos +


Si nos proponemos hacer alianzas con una organización opositora como Somos +, debemos dejar bien en específico nuestras condiciones y nuestras proyecciones. Una alianza se establece siguiendo una línea de convergencias de objetivos, fundada en los principios que nos identifica y dejando de lado lo que nos diferencia.  Pero sí establecer, como primera condición, que la alianza se debe establecer sobre el principio de negación al actual gobierno, no reconociéndole legitimidad sino definiéndole como lo que verdaderamente es: una dictadura sustentada en un gobierno dirigido por usurpadores sin la legitimidad que nace de la aprobación mayoritaria de la población expresada en elecciones libres y secretas y ajustadas a los principios que se reconocen internacionalmente de transparencia y universalidad.

Tenemos derecho a compartir nuestras ideas, tenemos derecho a decir lo que pensamos, tenemos derecho a defender con seriedad y determinación el futuro que queremos.

¡Claro que tenemos esos derechos! Por tanto no es necesario proclamarlos. Sencillamente deben ejercerse. La redacción de este primer párrafo de las Bases y Principios, suena como si se estuviera buscando una justificación para “decir lo que pensamos” para “defender con seriedad y determinación el futuro que queremos”; es como si estuviéramos pidiendo permiso para el ejercicio de esos derechos.

Somos + se funda como un movimiento que convoca a todos los cubanos que deseen participar en la aventura hermosa y difícil de ayudar a construir un país moderno, próspero y libre.

Muy bien por “Somos +”, si solo ese es el objetivo que busca: participar en una aventura. Pero la lucha política no es una aventura, sino un accionar consciente y decidido para alcanzar, en primer lugar, el poder político. Sin ese objetivo primario no se estará hablando de organización política sino, solo y nada más, de una organización de carácter civilista. Hay que declarar: “Somos una organización de oposición al régimen castrista basada en principios democráticos, y en la tradición republicana de la nación; que para alcanzar sus objetivos políticos se conduce por la vía del accionar pacífico y cuyo propósito es la derogación del sistema totalitario y el establecimiento de un sistema político que se funde sobre el estado de derecho, el acatamiento a las normas de una Constitución de corte liberal y democrática que consagre la separación de los poderes del Estado y defina claramente una Declaración de Derechos civiles y ciudadanos.

Es imprescindible hacer una Declaración de Principios por medio de la cual se exprese el carácter tiránico del actual gobierno, enumerando todas sus características: 1 Gobierno continuista basado en la legitimación de una sola organización política con desmedro de la opinión opositora a la que se demoniza, ultraja, persigue y reprime usando fuerzas policiacas y paramilitares; 2 Militarismo como base de sustentación del régimen; 3 Supresión de los derechos de manifestación, de agrupación pacífica y de expresión; 4 Control y censura de los medios informativos y rechazo al ejercicio del periodismo independiente; 5 Control absoluto de la economía por parte del Estado; 5 Estado policiaco ejercido por medio de la estricta vigilancia de los cuerpos de Seguridad del Estado y de espionaje sobre toda la población. 6 Ausencia de las garantías procesales en los casos penales que niegan de hecho el Debido Proceso y donde el Proceso de Instrucción no se conduce por la vía judicial sino por “instructores” policiacos. 7 la Soberanía no es ejercida por el Pueblo, sino que descansa y se ejerce desde el Buró Político del Comité Central del Partido Comunista.

Ya con estos lineamientos bien definidos se puede entonces convocar “a todos los cubanos que deseen participar”, no en una aventura sino en la lucha por el recate de los derechos civiles, económicos y sociales de todos los ciudadanos y por el establecimiento de la República que se organizará “con todos y para el bien de todos”, como había deseado que así fuera el Apóstol de las ideas republicanas, José Martí.

Política

Creemos que todos los ciudadanos debemos elegir a quienes nos gobiernan, en los municipios, las provincias y la nación, mediante el voto directo y secreto. Amparados en una nueva constitución que restituya la autonomía de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial; cuya absoluta independencia es la única garantía de una democracia real.

Sí, es cierto: “creemos que todos los ciudadanos debemos elegir a quienes nos gobiernan, en los municipios, las provincias y la nación, mediante el voto directo y secreto”. Está bien ¿Cómo hacemos efectiva esta creencia? ¿Esperando que el Partido Comunista se decida a escuchar nuestro consejo y se decida a hacer elecciones mediante el voto directo y secreto para que podamos elegir al gobierno y a las autoridades municipales y provinciales? ¿Esperando que los usurpadores del poder en Cuba se llenen de civilismo y se decidan per se para entrar en un proceso de transición hacia un estado verdaderamente democrático?

No tenemos solo que creer. Tenemos que exigir. Primero: exigir la supresión inmediata del artículo 5 de la espuria Constitución estalinista vigente en Cuba. Segundo: Exigir la renuncia del gobierno actual y la formación de un gobierno provisional de transición política que en un plazo de 18 meses convoque a la formación de partidos políticos y a elecciones para elegir al nuevo gobierno. Y, Tercero: Exigir que se declare y respete la autonomía municipal que sí es “la única garantía de una democracia real” unida a la separación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

¿Por qué ampararse en una “nueva Constitución” que requeriría la convocatoria a una Asamblea Constituyente Soberana formada por todos los factores políticos del país tanto de la oposición como del gobierno, cuando ya contamos con una Constitución, la de 1940, que no ha sido derogada de acuerdo con la ley constitucional establecida para la reforma parcial o total de la Constitución en su Cláusula de Reforma? La Constitución de 1940 fue el documento fundacional más progresista de toda la América Latina cuando fue aprobada. Cierto es, debe ajustarse a las nuevas condiciones políticas y sociales, ser reformada y ser renovada; pero esto podría ser luego de su puesta en vigencia y de acuerdo con lo estipulado en su Cláusula de Reforma.

Proclamar el restablecimiento de la Constitución de 1940 tiene más fuerza política que proclamar el establecimiento de una Constitución que ni siquiera ha sido redactado el texto de su Proyecto ni recibido el consenso de la nación. Y tiene más fuerza porque, en primer lugar, ello significa retornar a la democracia republicana anterior al zarpazo del 10 de marzo de 1952.

Es necesario señalar que la Constitución de 1940 surgió en medio de una violenta coyuntura política creada por el poder de Fulgencio Batista y Zaldívar. Se había dictado una Ley Electoral en 1939 para elegir el nuevo gobierno pero de las experiencias acumuladas a partir de la caída del gobierno de Gerardo Machado, los partidos de la oposición, que conocían que tras la figura del Presidente Federico Laredo Bru estaba el verdadero poder en manos de Fulgencio Batista, lanzaron la consigna que prevaleció entonces: “Constituyente primero, Elecciones después”. En los momentos actuales la consigna pudiera ser: Primero restablecimiento de la Constitución de 1940 y gobierno provisional de transición y elecciones después.

 Dicha constitución debe incluir la premisa insoslayable de garantizar el pleno disfrute de todos los derechos, plasmados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Así como otros adicionales que como país instauremos.

La constitución debe convertirse en el instrumento legal y moral más preciado de la sociedad. Y si algo tiene que ser irreversible e irrevocable en su contenido, que sean los más altos valores de participación democrática, del respeto a la soberanía ciudadana y a la diversidad en todas sus manifestaciones, como garantías eternas para la paz y la fraternidad nacional.

Nadie puede estar por encima de la ley, ni fuera de su protección. 

Estos enunciados presupuestos están ya recogidos dentro del canon de la Constitución de 1940.

El castrismo ha hecho todo lo posible para denigrar y demonizar la Constitución de 1940 declarando que “no era otra cosa que una Constitución tan burguesa y neo-colonial como las que le precedieron […], que era además hipócrita porque contenía esos pocos preceptos […] que no eran verdaderamente revolucionarios”.

Hay un efecto de transferencia de asumir el discurso de la tiranía cada vez que se propone la formulación de una “nueva” Constitución.

En cuanto a los Derechos Fundamentales, la Constitución del 40 es de carácter incluyente, como establece su Artículo 40: La enumeración de los derechos garantizados en este Título (Derechos fundamentales) no excluye los demás que esta Constitución establezca, ni otros de naturaleza análoga o que se deriven del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.

Creo de utilidad citar las palabras del Dr. Carbonell Cortina quien siempre fue un defensor de los principios de la Constitución de 1940:

Si queremos ponerle fin a la tiranía y cerrar el ciclo tenebroso de la usurpación, tenemos que encontrar, después de Castro, una fórmula de convivencia con visos de legitimidad. Y esa fórmula no es la Constitución totalitaria de 1976, aunque se le hagan remiendos. Ni es otra Ley Fundamental espuria, impuesta sin consentimiento ni debate durante la provisionalidad.

No, la única que tiene historia, simbolismo y arraigo para poder pacificar y regenerar el país antes de que se celebren elecciones libres, es la Carta Magna de 1940. Ella fue el leitmotiv de la lucha contra Batista, y no ha sido abrogada ni reformada por el pueblo, sino suspendida por la fuerza.

Lo importante es tener una base constitucional que haya sido legitimada por la voluntad soberana del pueblo y que permita encauzar armónicamente la transición a la democracia representativa. Podrá después el Congreso o los delegados electos a una Asamblea Plebiscitaria reformar o actualizar la Constitución del 40, supliendo sus deficiencias y podando sus casuísticos excesos”.

En cuanto a la integración del gobierno provisional de transición debe definirse sus prerrogativas, pero declarando que la facultad de ejercer la capacidad legislativa, más allá de aquellas reglamentaciones y disposiciones dirigidas a asegurar el orden público, la reforma del sistema judicial y la depuración de los organismos del estado totalitario, no está contemplada en esas prerrogativas

Fuerzas Políticas

son los partidos, aún en los países más desarrollados, los principales protagonistas del necesario debate político constante. En tal sentido creemos en la necesidad de una Ley de Partidos políticos, que instituya el orden y la transparencia desde la creación, las campañas, las finanzas y el papel de los partidos en el ejercicio del poder.

Se requiere una Ley de Partidos o más bien una Ley o Código Electoral, sin dudas de ninguna clase; pero enunciar esto, solo constituye parte de un pliego de buenas peticiones; pero ¿a quién dirigir esta petición? ¿Al gobierno de los Castro?

Esta Ley o Código Electoral ya existe y es el aprobado en 1943, solo se requiere indagar en la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos para conocer si existe alguna copia del mismo, aunque hay un libro de la Editorial Lex 1948 que recoge la Ley Nro. 17 de 31 de mayo de 1943. Solo se requeriría hacerle algunas modificaciones como establecer el derecho del voto a todos los mayores de 18 años. Además previamente antes de la convocatoria a elecciones se deberá restructurar el Tribunal Supremo de Justicia para poder establecer legítimamente al Tribunal Supremo Electoral como órgano rector del proceso eleccionario. Con esto volvemos al primer punto: designación de un gobierno provisional de transición quien deberá hacer la convocatoria electoral luego de confeccionado el Censo Electoral Nacional.

Tengamos en cuenta el Artículo 102 de la Constitución de 1940 que establecía: “Para la constitución de nuevos partidos políticos es indispensable presentar, junto con la solicitud correspondiente, un número de adhesiones igual o mayor al 2% del Censo electoral correspondiente, según se trate de partidos nacionales, provinciales o municipales".

La Constitución de 1940 reconoce la libre organización de partidos y asociaciones políticas, salvo con una prohibición expresa: “No podrán, sin embargo, formarse agrupaciones políticas de raza, sexo o clase” (Artículo 102), y declarando antes, en su Artículo 34, como ilícita “la formación y existencia de organizaciones políticas contrarias al régimen de gobierno representativo democrático de la República, o que atenten contra la plenitud de la soberanía nacional”.

Con vistas a asegurar estas libertades y las garantías constitucionales  y sociales, una vez restablecida la Constitución de 1940, el gobierno provisional de transición deberá restablecer el Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales en concordancia con lo estipulado en la Ley 7 de 31 de mayo de 1949, tal y como estaba vigente antes del 10 de marzo de 1952 (Está en nuestro poder esa Ley)

Libertad de expresión

No es necesario dedicar un acápite especial para este tema. Se declarará que “no puede existir una verdadera democracia sin la más amplia libertad de expresión para todos los ciudadanos” dentro de la Declaración de Principios.

Economía

Este es un elemento clave en todo programa de gobierno y deberá argumentarse sólidamente. En primer lugar deberá declararse que se reconoce a la propiedad privada en su carácter social y la no intromisión del Estado en las actividades productivas y económicas del país y abogar por una economía de mercado que se fundamente en la libre competencia y la condena del monopolio. La economía de la Nación no puede ser conducida de acuerdo con principios ideológicos de cualquier modelo.

La lucha en el campo económico debe aclararse que no es contra la riqueza legal y honestamente obtenida sino contra la pobreza. Una sociedad donde la pobreza es la característica predominante conspira contra los principios democráticos y siempre será una sociedad inestable y propensa a caer en la dictadura.

Es necesario establecer legalmente un salario mínimo, que se calcule teniendo en cuenta el concepto de salario real, mediante un mecanismo flexible, que permita su constante adaptación a las variaciones en los precios de los productos y servicios disponibles en el mercado.

La Constitución de 1940 establece el procedimiento para establecer el salario mínimo tanto para el sector industrial, agrícola y de servicios como para las labores que requieran calificación técnica especializada.

El gobierno castrista ha fallado en su programa de industrialización del país. Un gobierno democrático deberá esforzarse por incentivar el capital nacional y por atraer capitales extranjeros dedicados a la producción industrial bajo el estímulo de las leyes, la supresión del peculado público, la seguridad pública y la aplicación de una correcta política impositiva. Sin caer en una política proteccionista se deberá establecer condiciones para que el capital privado nacional juegue un papel destacado en la vida económica de la nación.

Se deberá establecer una política financiera inteligente que conduzca a la valoración de la moneda nacional.

Deberá reorganizarse la banca nacional y darle funcionalidad al Banco Nacional de Cuba en concordancia con la Ley No. 13, del 23 de diciembre de 1948 teniendo autonomía orgánica, personalidad jurídica independiente y patrimonio propio; con capacidad para centralizar las reservas monetarias y regular el crédito; crear y retener medios de pago; actuar como Agente Financiero y Consejero Económico del Estado; y ejercer en relación con la banca privada, las funciones que le sean confiadas y actuar como cámara de compensación.

Se debe elaborar un acápite dentro del Programa que trate de la Deuda Externa que la República heredará del incompetente gobierno castrista. Se debe declarar:

Primero. La República de Cuba no reconocerá a tercer país que se subrogue la deuda contraída por el régimen castrista con la desaparecida Unión de Repúblicas Soviéticas.

Segundo: La República revisará cuidadosamente las deudas y obligaciones contraídas por el gobierno usurpador a nombre de Cuba con otros gobiernos para determinar si se deberá asumir tal deuda, capitalizarla o declararla nula.

La usurpación de poderes no es fuente de derechos.

Educación

Podemos coincidir con el enunciado que de este tema se presenta. Sin embargo habrá que matizar su contenido, declarando: Primero que la Educación ha de ser un interés primordial de la República concebida como inversión básica para garantizar el futuro desarrollo económico de la Nación y libre de influencias ideológicas de cualquier tipo. Debe sustentarse en principios científicos. Segundo, la educación que imparta el Estado tendrá carácter laico, declarando la obligatoriedad y gratuidad de la misma hasta el Octavo grado de la Enseñanza elemental.

En la Enseñanza preuniversitaria se restablecerá el Bachillerato, tanto de Ciencias como de Letras, con una extensión de cinco años de acuerdo con la reforma del Dr. Juan J. Remos en 1937 con la adecuada preparación académica para el ingreso a las carreras universitarias, incorporando en su currículum el estudio de la Historia de Cuba, de la Sociología, de la Sicología, y de los principios de la Filosofía. Los locales donde se imparta la enseñanza preuniversitaria deberán contar con laboratorios de Física, Química y Ciencias Naturales.

Se deberá dotar a las universidades con todos los recursos necesarios para formar profesionales debidamente calificados.  

Rescate de la calidad de la enseñanza. La gran mayoría de los maestros de las enseñanzas primaria y secundaria carecen de la debida preparación pedagógica y didáctica por lo que se deberán restablecer las Escuelas Normales para Maestros.

Se proclamará en todos los centros universitarios la Autonomía Universitaria, refrendada en el artículo 53 de la Constitución de 1940 por la que se garantice a cada universidad la libertad de tomar dentro de su propia organización y por medio de sus propios procedimientos las decisiones relacionadas con su legislación y administración

Plenamente de acuerdo con esta declaración: La remuneración de los maestros y profesores debe estar acorde con la importancia que tiene la educación en cualquier sociedad. Retribuir dignamente a estos arquitectos del espíritu, no es solo la garantía de un futuro mejor, es también un deber moral de la nación.

Salud

El acceso a la atención médica, de igual forma que a la educación, constituye un baluarte imprescindible para los cubanos.

Es posible que este término de “baluarte imprescindible” se ajuste a la segunda acepción que da la Real Academia de “amparo y defensa”. Políticamente no dice nada, Hay que ser más preciso. La salud pública debe ser de atención prioritaria del Estado pues contar con una población saludable y apta permite que cada persona pueda desplegar todas sus capacidades productivas y participar en el desarrollo social y económico de la Nación.

Los servicios médicos hospitalarios son cada vez más costosos, y su dispensación gratuita para todos constituye un poderoso gravamen en el gasto público. Los recursos económicos para mantener un programa universal sanitario no descienden como el maná del cielo. Los recursos que maneja el Estado provienen de los contribuyentes, de los impuestos deducidos de sus ingresos. En los hospitales públicos hay muchos servicios que se pueden ofrecer gratuitamente; pero otros resultan onerosos; por tanto deberá crearse un Seguro Social que les permita a las personas de bajos ingresos y a los jubilados, ancianos y niños obtener la debida atención y servicios facultativos bien sea a bajo costo o cubiertos por el Seguro Social.

El personal médico que labore en instituciones hospitalarias públicas deberá ser retribuido con un salario acorde con “su noble y sacrificado trabajo” y de acuerdo a su nivel de calificación.

De acuerdo con el Artículo 81 de la Constitución de 1940 sobre este aspecto, establece: “Se reconoce el mutualismo como principio y práctica sociales. La Ley regulará su funcionamiento de manera que disfruten de sus beneficios las personas de recursos modestos, y sirva, a la vez, de justa y adecuada protección al profesional”.

Deporte

Este acápite presentado dentro de un programa político no posee carácter movilizativo. No constituye una demanda a favor de la renovación de la sociedad. Se ha traído a colación solo para debatir el enfoque que el poder totalitario da al tema. Puede suprimirse sin problema alguno.

 Prensa

Nadie debe poseer el monopolio absoluto de los medios que producen y difunden los contenidos informativos. La prensa debe tener un carácter totalmente independiente, de manera que su sentido, beneficio y éxito radique únicamente en la credibilidad de quienes la consumen.

Pienso que nadie consume prensa ya sea oficialista, ya sea independiente. Salvando esta consideración se puede decir sí, es importante que el periodismo se ejerza libremente sin censura ni control gubernamental. El periodismo es el perro guardián de las libertades públicas. Sin embargo como reclamo debe aparecer en la Declaración de Principios. Si defendemos la puesta en vigor la Constitución de 1940 ya en ella está definida claramente la libertad de prensa en su artículo 33.

Agricultura

Cuba sigue siendo una sociedad eminentemente agraria. Un alto por ciento de su fuerza laboral activa se dedica a las labores agro-ganaderas.

Uno de los problemas más acuciantes dentro del sector agrario se refiere a la tenencia y explotación de las tierras agrícolas. Aunque se han alcanzado avances en la aplicación de la tecnología y la mecanización en el sector esto no ha dado los resultados apetecibles dadas las relaciones de propiedad que el castrismo ha implantado en el sector agrario, y al manejo burocrático de la explotación agro-ganadera.

Extensas áreas de suelo agrícolas presentan degradación. Oficialmente se ha reconocido que más del 40 % del área agrícola nacional está afectada por erosión, mal drenaje, salinidad, bajo contenido de materia orgánica y la reducción de la fertilidad.

Se requiere un campesinado libre en una agricultura libre, donde el campesino decida qué deberá cultivar y donde comerciar su producción. No obstante en la mayoría de las tierras de propiedad privada se practica una agricultura con métodos rudimentarios que no obstante históricamente alcanza rendimientos superiores a los obtenidos en las tierras de dominio estatal.

Se deben modificar las relaciones de propiedad fundaría. Entregando las tierras a aquellos que estén dispuestos a labrarlas, sustituyendo el sistema de usufructo de la propiedad por la propiedad efectiva mediante la compra de esas tierras en plazos y pagos determinados. Se reconocerá el derecho de los campesinos a unirse en cooperativas sin pignorar su propiedad a nombre de la cooperativa como persona jurídica. Todos los campesinos que se vinculen en una cooperativa tendrán derecho a separarse de la misma sin la pérdida de su propiedad.

Para facilitar que los campesinos puedan acceder al capital necesario para establecer cultivos, sistemas de irrigación y maquinaria el Estado refundará un sistema bancario que conceda créditos a los campesinos a tasas de interés no superiores al 5 % anual para los campesinos con fincas de hasta cinco caballerías (67 ha)

Se establecerá provincial y municipalmente el Servicio de Extensión Agrícola para la divulgación de modernas técnicas de cultivo; de manejo de plagas y enfermedades de los cultivos y de métodos de conservación y recuperación de los suelos. Servicio de asesoramiento a los campesinos en mercado y financiamiento.

Deberá desarrollarse un plan extenso de construcción de carreteras y vías vecinales que comuniquen al campo con los centros urbanos para la comercialización de su producción.

Fuerzas Armadas

Deberá suprimirse el actual Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus funciones asumidas por el Ministerio de Defensa sometido al control civil con el asesoramiento en el terreno militar de un Estado Mayor Conjunto. Desmilitarización de la sociedad. Se suprimirá el servicio militar obligatorio. Cuba no requiere de unas fuerzas armadas que sobrepase la proporción número de efectivos/ciudadanos adecuada para tiempos de paz, por ello el número de los efectivos de las fuerzas armadas actuales deberá reducirse al menos en un tercio de su tamaño.

Deberá declararse: La oposición democrática no es enemiga de las fuerzas armadas. Los militares nada tienen que temer del movimiento democrático. La oposición democrática considera que el concurso de la joven oficialidad de las fuerzas armadas será determinante en las transformaciones que se deberán implementar en las estructuras políticas y sociales de la Nación.

Los altos oficiales que hayan participado de forma activa con el régimen castrista y enriquecido al amparo del mismo serán separados de sus mandos. Contra aquellos militares acusados de corrupción, abuso de autoridad, enriquecimiento ilícito o cualquier otro delito serán sometidos a los tribunales con todas las garantías procesales.

Las fuerzas armadas serán de carácter profesional sin participación en la vida política nacional, ajustándose a las funciones que a las fuerzas armadas le competen en una sociedad democrática: defensa de las costas y territorios nacionales y protección de la Constitución de la República.

Disolución de todos los cuerpos paramilitares.

Participar en el sector de la economía no es función de las fuerzas armadas.

Ministerio del Interior

Desmilitarización de este organismo del Estado (Antiguo Ministerio de Gobernación) y depuración de todas sus instancias con respeto a todos sus funcionarios que hayan actuado con profesionalidad y respeto por los derechos civiles de los ciudadanos. El Ministerio del Interior o Ministerio de Gobernación quedará sometido al control civil.

Se debe hacer una profunda depuración dentro del Departamento de la Seguridad del Estado y su restructuración de acuerdo con los lineamientos que para los servicios de Inteligencia y Contrainteligencia rigen en los países democráticos.

Los oficiales de la Seguridad del Estado que hayan ordenado, dirigido y/o participado en actos de represión contra la oposición pacífica serán puestos a disposición de Tribunales competentes garantizándoles un debido proceso con todas las garantías procesales.

El Ministerio del Interior (de Gobernación) tendrá a su cargo las Direcciones de Naturalización, Extranjería e Inmigración, la Dirección de Orden Público (Cuerpos de Policía), y la Dirección de Aduanas.

El Departamento Técnico de Investigaciones será reorganizado estructural y funcionalmente como Policía Técnica Judicial y transferido al Ministerio de Justicia.

Organizaciones de Masas

En lugar de hablar de organizaciones de masas es preferible emplear el término de Organizaciones no gubernamentales. Las actuales organizaciones denominadas de masas desaparecerán por su propia dinámica al desaparecer las estructuras totalitarias de la dictadura castrista.

Las organizaciones que surjan desde la sociedad deben ser el resultado de la voluntad espontánea de sus miembros para defender sus derechos e intereses, especialmente los sindicatos.

Esta condición está recogida de manera más precisa en el artículo 37 de la Constitución de 1940: Los habitantes de la República tienen el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas, y el de desfilar y asociarse para todos los fines lícitos de la vida, conforme a las normas legales correspondientes, sin más limitación que la indispensable para asegurar el orden público”.

Sobre los sindicatos la Constitución de 1940 estipula en su artículo 69: “Se reconoce el derecho de sindicación a los patronos, empleados privados y obreros, para los fines exclusivos de su actividad económico-social. La autoridad competente tendrá un término de treinta días para admitir o rechazar la inscripción de un sindicato obrero o patronal (…) Las directivas de estas asociaciones estarán integradas exclusivamente por cubanos por nacimiento”.

En el Artículo 71, la Constitución postula: “Se reconoce el derecho de los trabajadores a la huelga y el de los patronos al paro, conforme a la regulación que la Ley establezca para el ejercicio de ambos derechos”. Y en el Artículo 72 establece: “La Ley regulará el sistema de contratos colectivos de trabajo, los cuales serán de obligatorio cumplimiento para patronos y obreros. Serán nulas y no obligarán a los contratantes, aunque se expresen en un convenio de trabajo u otro pacto cualquiera, las estipulaciones que impliquen renuncia, disminución, adulteración o dejación de algún derecho reconocido a favor del obrero en esta Constitución o en la Ley”.

Sobre el sindicalismo solo se mencionan los sindicatos como cita para redondear un breve párrafo (Ver párrafo citado más arriba) En este mismo párrafo se deja la organización de las organizaciones no gubernamentales “de masas” a la espontaneidad, a “la voluntad espontánea de sus miembros”. En política se requiere acción, actuación dirigida a un propósito objetivo; no cabe la espontaneidad. Hay que estimular la formación de sindicatos paralelos o independientes dentro de los centros laborales. Movilizar a los trabajadores para que se organicen en sindicatos que no sean “correas de transmisión” de las directivas del Partido Comunista y sí contrapuestos a los sindicatos supuestamente rojos pero que en realidad son verdaderos sindicatos amarillos; es decir, sindicatos que responden a los intereses de los empleadores que los crean y los controlan (en este caso el poder comunista) y no de los trabajadores que representan.

Hay que denunciar a la Central de Trabajadores de Cuba como organismo rector de los sindicatos amarillos para el dominio sobre los trabajadores y anular su espíritu de lucha. El comunismo en cualquiera de sus formas, leninista, trotskista o castrista es contrario a los intereses de los trabajadores; es el ejercicio de la dictadura del Partido Comunista sobre los trabajadores a quienes reducen a la condición de “proletarios”.


Hay que buscar el apoyo de la intelectualidad, captar a aquellos intelectuales que desarrollan su trabajo al margen de la oficialidad, escritores, poetas, pintores… imbuirles de las ideas de una oposición seria, no burocrática. Hay que entrar a los predios universitarios y captar apoyos entre el estudiantado. Hay que saber quiénes se muestran amigos hacia las ideas de la oposición y pactar con los potenciales aliados. Hay, por otro lado, que desarraigar lo que queda de plattismo en la conciencia política que deposita todas sus esperanzas en la ayuda que pueda ofrecer Estados Unidos. Las castañas están sobre las brasas y no podemos esperar que otros nos saquen las castañas de la candela.

jueves, 23 de junio de 2016

Los objetivos del Plan de impuestos de Donald Trump: el por qué desea ser presidente


Mario J. Viera

Uno de mis amigos, partidario ferviente de Donald Trump me exhortó a que consultara el programa político del presumible candidato presidencial republicano que aparece en su página oficial. Acepté el reto y entré en aquella página. El programa político de Trump abarca solo siete puntos: “El pago del Muro”, “Reforma del Cuidado de Salud”, “Reforma del Tratado Comercial de Estados Unidos-China”, “Reforma del Departamento de Asuntos para los Veteranos”. “Defensa de la Segunda Enmienda Constitucional”, Reforma Migratoria” y, finalmente “Reforma Fiscal”.

Prácticamente nada nuevo a lo antes dicho por el magnate en sus concentraciones. La Segunda Enmienda para el proyecto de Trump es, en contradicción con la Primera Enmienda, la primera libertad de Estados Unidos (Second Amendment is America’s first Freedom) y, por supuesto pone como prioritaria la autodefensa ciudadana, ante la imposibilidad de los oficiales del orden de no poder estar en todas partes todo el tiempo (they can’t be everywhere all of the time); la autodefensa con la legitimidad de portar armas, contra agresores con la misma legalidad de portar armas… ¡En fin, esto es lo básico de su propuesta sobre el tema!

Pero, no perderé más tiempo en analizar todos y cada uno de los puntos programáticos de Trump y me concentraré en el tema que de manera más directa afecta a cada habitante de los Estados Unidos: El sistema tributario.

Todos, en Estados Unidos, conocemos que pagamos impuestos sobre nuestros ingresos, pero muchos, tampoco nos introducimos dentro de los temas y términos en que se expresa el Código Tributario de los Estados Unidos. Cuando recibimos el cheque por nuestro empleo ¿cuántos de nosotros prestamos la mínima atención a las deducciones de impuestos que aparecen en nuestro cheque? Tema complejo, conocemos de oídas lo que preparadores de impuestos o comentaristas mediáticos declaran sobre el tema, y se dice que el Código Tributario debiera reformarse pues entre sus deficiencias presenta lagunas jurídicas.

El Código Tributario, ciertamente presenta lagunas y, sobre todo, por su carácter eminentemente técnico es tema de especialistas más que de legos en la materia. Tanto es así que en el proyecto de reforma que propone la campaña de Donald Trump, se adivina la elaboración del mismo, no por Trump sino por sus asesores. ¿Recuerda alguien haber escuchado a Trump, en algunas de sus presentaciones públicas de campaña, hablando sobre “su” plan de reformas al Código Tributario?

Cuando se analizan “sus propuestas” se descubre de inmediato que apenas es un alivio tributario para la clase media y mucho de beneficios para los magnates como el mismo Trump. Veamos cuales son los retos propuestos en el programa de Trump:

1 Alivio de impuestos para la clase media americana. Un buen gancho propagandístico al prometer un aumento en el after-tax wages, es decir, la cantidad de dinero que un individuo o una empresa le queda luego de haber deducido todos los impuestos, federales, estatales y sustracciones del impuesto sobre el ingreso. Esto en conclusión es una mayor reducción de la presión fiscal de Estados Unidos, ya de por sí una de las más bajas entre los países desarrollados en los que la presión fiscal se encuentra en un rango de entre el 30% y hasta el 50% como en países como Suecia. Aclaremos que la presión fiscal viene definida por el total de impuestos (directos e indirectos) que los particulares y empresas aportan efectivamente al Estado, es decir, es el porcentaje del PIB recaudado por el Estado por medio de los impuestos y se mide según el pago efectivo de impuestos y no según el monto nominal que figura en las leyes, de tal modo que, a mayor evasión impositiva menor presión fiscal. Hay que tener en cuenta que toda medida económica produce tanto efectos a mediano como a largo plazo. Lo que a mediano plazo pudiera ser visto como “ventajoso” a largo plazo puede ser realmente desastroso; por lo general con cada disminución de los impuestos directos, es decir, los impuestos sobre los ingresos o patrimoniales, se produce, por compensación, un aumento de los impuestos indirectos que son pagados por el consumidor por productos y servicios.

2 Simplificar el Código Tributario.

3 Hacer crecer la economía de Estados Unidos. Desalentando las inversiones corporativas, punto este muy interesante dirigido a repatriación del capital corporativo por medio de un significativo descuento del 10% de la tasa de impuestos a las empresas corporativas. Pero, ¿qué son las inversiones corporativas? Simplemente, es la relocalización de la sede central de una compañía en el extranjero motivada por el incentivo de mayores ganancias. Ludwig von Mises señala en Planificación para la libertad: que en “los Estados Unidos los salarios son más altos que en otros países porque el capital invertido ‘por cabeza’ es mayor y las fábricas pueden, por lo tanto, utilizar las herramientas y las máquinas más eficientes”, esto en parte es cierto, al menos es cierto en cuanto a Estados Unidos, porque en muchos países aunque el capitalista invierta en máquinas y herramientas más eficientes los salarios se mantienen en un nivel muy inferior a los existentes en Estados Unidos y esto es lo que las empresas corporativas aprovechan; el citado Mises nos aclara diciendo que “un patrón no puede pagar a un empleado más que el equivalente del valor de su trabajo (…) que se otorga a la mercancía”, y este valor está determinado por el “juicio del cliente”; por tanto, si ese patrón “pagara un salario mayor, no recobraría sus gastos; sufriría pérdidas e iría finalmente a la bancarrota”; ¿cuánto mayor no sería su ganancia si invirtiera en salarios que resultan ser significativamente más bajos, como en China, México, India, y Japón, por ejemplo. Así lo ha evidenciado el periodista y analista de política exterior Mariano Aguirre al anotar: “Se cierran fábricas en Chicago donde los salarios son más altos y los sindicatos más fuertes, y se reinstalan en China o México, donde se paga menos y los derechos de los trabajadores están más reprimidos o no existen”. Una simple rebaja del 10% de la tasa impositiva no es suficiente para desestimular la inversión corporativa y motivar su repatriación. El mismo Trump comprende esta realidad y lo ha dado a entender cuando al preguntársele en noviembre de 2015, durante el debate republicano en Milwaukee, si a nivel federal él seguiría los pasos del gobernador de New York, Andrew Cuomo quien había propuesto que a partir del 31 de diciembre del 2015 aumentaría progresivamente el salario mínimo de los empleados públicos estatales hasta los $15 la hora, respondió tajantemente: “Con salarios muy altos no se puede competir con el mundo”. Dijo: “Hemos sido un país grande en todos los frentes, y ahora no ganamos. Los impuestos son muy altos, los salarios son muy altos. No podemos competir con el mundo. La gente tiene que ir ahí fuera y trabajar duro”.  

4 No agregar a nuestra deuda y déficit. Es lo que siempre han proclamado los republicanos, al menos desde que se iniciara la administración Obama. Ya en tiempos de Ronald Reagan, Estados Unidos dejaba de ser una nación acreedora para convertirse en deudora (Gloria M. Delgado. El mundo moderno y contemporáneo). Durante las presidencias de Ronald Reagan y George W. Bush se “establecieron importantes bajadas de impuestos en sus primeros tres años de mandato” con lo cual “el déficit fiscal se incrementó de manera significativa” sin que se produjera un aumento en el Ahorro Privado (Saturnino Aguado Sebastián. Economía de EEUU: Las Tres Últimas Décadas. Instituto Franklin de Estudios Norteamericanos, Universidad de Alcalá)  

Cuando Ronald Reagan llegó a la Casa Blanca la Deuda Pública de Estados Unidos no llegaba a un Billón de Dólares, equivalente a un escaso 32 % del PIB. Al finalizar sus primeros cuatro años de mandato, los grandes déficits fiscales provocados por su irresponsable política fiscal incrementaron la Deuda Pública en otro billón adicional. Cuando abandona la Casa Blanca en 1988, los nuevos déficits fiscales adicionales de su segundo mandato supusieron otro billón más de Deuda Pública. Cuando su sucesor George H. W. Bush abandona la Casa Blanca en 1992, completando así tres presidencias republicanas sucesivas, se vuelve a añadir un tercer billón a la Deuda Pública, acumulándose por entonces la nada despreciable cifra de 4 Billones de dólares, equivalente al 60% del PIB norteamericano, prácticamente el doble del ratio que heredó Ronald Reagan de su predecesor, el Presidente Carter.
Durante la presidencia de Bill Clinton, su política fiscal responsable consiguió ir disminuyendo los déficits e, incluso en sus dos últimos años, conseguir sendos superávits fiscales con los que finalmente se pudo empezar a amortizar Deuda Pública, situándola en menos de 6 billones de dólares, llegando a un ratio del 58%, diez puntos porcentuales por debajo del máximo del 68% alcanzado en 1996.

Posteriormente, la Deuda Pública norteamericana alcanzará un máximo histórico de 12 billones, al final de la presidencia de George W. Bush, fruto de sus continuados y abultados déficits fiscales, con lo que podemos decir que, en términos absolutos, los presidentes republicanos Reagan y Bush (padre) multiplicaron por cuatro la deuda pública, George W. Bush la dobló y, solamente, Bill Clinton, presidente demócrata la incrementó 1,5 veces”. (Fuente, la anterior citada)

Veamos esta Tabla sobre el crecimiento de la Deuda Pública en EEUU (en porcentaje del PIB) durante los gobiernos republicanos desde Reagan a George W. Bush:

1980                                                       32%
1984                                                       40%
1988                                                       50%
1992                                                       60%
1996                                                       68%
2000                                                       58%
2004                                                       62%
2011                                                      90%
_____________________________________________________________
Fuente: Federal Reserve Bank of St. Louis, National Economic Trends, 2012.

Los objetivos que propone alcanzar Plan de impuestos de Donald Trump que, en apariencia alivia la carga impositiva sobre la clase media, es ciertamente atractivo, sobre todo para aquellos a quienes se les propone estar libres del pago de impuestos; así, para los solteros que ganen menos de $25.000 anuales, es decir ingresos mensuales de unos $2.083, y los casados con ingresos menores de los $50.000 anuales, equivalente a $4.166 mensuales, “no deberá ningún impuesto sobre el ingreso”; entonces estos beneficiarios no harán contribución fiscal para la jubilación (FICA para cubrir las prestaciones de la Seguridad Social y Medicare) es como si se estuviera trabajando “por la izquierda”. No les quedará más remedio que abrir una cuenta de ahorros para su jubilación.

Otro de los objetivos del plan de impuestos de Trump propone eliminar entre otras cosas el denominado Impuesto Mínimo Alternativo (AMT, por sus siglas en inglés). Suena bien. Eliminar otro gravamen sobre la renta es magnífico; pero, ¿conocemos, el común de la gente que es el Impuesto Mínimo Alternativo AMT? Haga ahora una pausa y piense. Luego, si Usted es una persona promedio, diga si sabe qué rayos es ese AMT.

El Impuesto Mínimo Alternativo (AMT), es un impuesto que contempla excepciones; no todos son gravados por este impuesto. Los ingresos exentos del gravamen mínimo alternativos, actualmente son:

•$52,800 si es soltero o cabeza de familia.
•$82,100 si está casado presentando en conjunto o es viudo/a calificado. 
•$41,050 si está casado presentando por separado.

Estas exenciones impositivas pudieran quedar sin efecto cuando los ingresos superan los $250.000 anuales y es posible, entonces que se deberá pagar el AMT; en este caso, individuos de la clase media alta que, por supuesto, no es la mayoritaria dentro de la clase media y mucho menos entre las clases de menores ingresos. El origen del impuesto mínimo alternativo surgió como respuesta a aquellos contribuyentes de altísimos ingresos, como es el caso de Donald Trump, que se libraban de pagar impuestos sobre los ingresos sobre la base de deducciones (intereses sobre préstamos para hipotecas personales, intereses sobre préstamos para inversión, contribuciones caritativas) según esta ecuación como ejemplo: Adjusted Gross Income – Deductions = Taxable Income. En fin, el AMT intenta asegurar que algunos individuos que reclaman ciertos beneficios tributarios paguen un monto mínimo de impuestos.

Otro de los objetivos del Plan de reforma tributaria, elaborado por los asesores de Trump, propone que ningún negocio sin importar el tamaño y el monto de capital invertido en su funcionamiento, desde una tienda administrada por “papá y mamá” o un trabajador por cuenta propia (empleado autónomo) hasta una empresa de Fortune 500pagará más del 15% de impuestos sobre sus ingresos en negocios”.

Sobre los trabajadores por cuenta propia o empleado autónomo nos aclara Nicole Whitney, diciendo:

El Servicio de Impuestos Internos impone impuestos como empleado autónomo para contribuir con la seguridad social y los beneficios médicos de una persona que trabaja por su cuenta. Algunos contribuyentes ven este impuesto como una ventaja, porque la cobertura les ofrece beneficios por jubilación, por invalidez y seguro médico, y también paga beneficios a los familiares en caso de fallecimiento del beneficiario. El impuesto como empleado autónomo es del 15,3 por ciento; el 12,4 por ciento de ese impuesto se destina a la seguridad social. La porción de impuesto para el seguro social sólo se paga sobre los primeros US$ 106.800 que obtiene el contribuyente. El Servicio de Impuestos Internos define a un trabajador autónomo como "aquel que lleva a cabo un comercio o una empresa como propietario único o como contratista independiente, miembro de una asociación que lleva a cabo una actividad comercial o una persona que forma parte del mundo de los negocios para su propio beneficio".

Hablemos ahora de las empresas de la lista Fortune 500. Esta lista de empresas es una publicación anual de la revista Fortune, una revista de negocios fundada en febrero de 1930 a raíz de la gran depresión de 1929 como parte de la empresa editorial donde estaban incluidas las publicaciones Time, Life, y Sports Illustrated, y que devendría en el conglomerado editorial Time Warner. Para el criterio de la revista, su alcance se extiende a todo el campo de los negocios incluyendo: personas, tendencias, compañías e ideas que caracterizan los negocios modernos. La lista de Fortune 500 comenzó a publicarse por Fortune en 1955 centrándose en los ingresos brutos (según su volumen de ventas) de las 500 mayores empresas estadounidenses que cotizan en la bolsa de valores.

En total, las compañías Fortune 500 representan dos tercios del PIB de Estados Unidos con $12 trillones en los ingresos, $ 840 billones en ganancias, $17 trillones en valor de mercado y emplean a 27,9 millones de personas en todo el mundo. El Fortune 500 original se limitó a listar las empresas cuyos ingresos procedían de la manufactura, la minería y la exploración energética. Al mismo tiempo, Fortune publicó el compañero "Fortune 50" que enlistaba los 50 bancos comerciales más grandes (alineados por activos), las empresas de servicios públicos (alineadas por activos), las compañías de seguros de vida (alineadas por activos), empresas minoristas (calificados por ingresos brutos) y compañías de transporte (calificadas por ingresos). En 1994 la revista Fortune cambió su metodología para incluir las compañías de servicios. Con el cambio incorporaron 291 nuevos participantes en las listas incluyendo tres entre las diez empresas con más altos ingresos.

En la lista correspondiente al 2016, Fortune 500 ordena las 10 empresas tope de acuerdo a sus ingresos en millones de dólares:

Las 10 empresas topes de Fortune 500       Ingresos en millones
1 Wal-Mart                                                              $482,130
2 Exxon Mobil                                                         $246,204
3 Apple                                                                    $233,715
4 Berkshire Hathaway                                             $210,821
5 McKesson                                                             $181,241
6 UnitedHealth Group                                              $157,107
7 CVS Health                                                            $153,290
8 General Motors                                                      $152,356
9 Ford Motor                                                             $149,558
10 AT&T                                                                    $146,801

Aunque Trump guarda como asunto top secret sus declaraciones de impuestos, muy bien podría aparecer en el listado de Fortune 500, aunque tal vez no entre los 10 primeros topes ya que su fortuna es mucho menor que la que proclama. Trump ha dicho que los impuestos no son buenos indicadores de la riqueza verdadera, además ha señalado que ha sido objeto de la auditoría como ocurre con frecuencia a los súper ricos y a las compañías de Fortune 500. No obstante, la editora adjunta de Fortune Venture, Polina Marinova advirtió en un twitter de 3 de marzo que “Donald Trump no opera ninguna compañía Fortune 500”.

Veamos otra de las propuestas de reforma tributaria del programa de Donald Trump presentada como su cuarto objetivo que, en su redacción textual, dice: “Ninguna familia tendrá que pagar el impuesto de la muerte”. ¿Impuesto de la muerte? Suena tétrico. ¿Acaso hasta para morir hay que pagar impuestos? No, nadie tiene que pagar impuesto por morir; pero si seguimos leyendo el objetivo 4 quizá podamos comprender un poco más eso que los asesores de Trump y él mismo denominan “impuesto de la muerte”. Dice así: “Usted ganó y ahorró ese dinero para su familia, no el gobierno. Usted pagó impuestos en él cuando usted le ganó”. Usted, quiere decir cualquiera que lea las propuestas, desde un humilde empleado de McDonald hasta un magnate como Donald Trump. Un poco más adelante se amplía la idea sobre el impuesto diciendo: “El impuesto de la muerte castiga a las familias por alcanzar el sueño americano”, y ya esto es más serio. Un impuesto que grava el haber alcanzado el “sueño americano”. ¿Hasta dónde esto es cierto? Veamos: Este tétrico impuesto se enmarca dentro del Derecho de Sucesiones y se denomina oficialmente como “Impuesto sobre inmuebles” (estate tax) siendo este una parte del Sistema Unificado de Impuesto sobre Donaciones e Inmuebles (Unified Gift and Estate Tax System). El estate tax puede ser también referido como “impuesto sobre la herencia” (inheritance tax).

Desde que durante la Guerra Civil se instituyera el impuesto sobre la herencia con el propósito de sufragar los gastos generados por el conflicto, en 1862 e incrementados en 1864 y luego eliminados en 1870 muchos debates se han generado al respecto. A partir de 1909 y hasta 1908 muchos estados establecieron impuestos a la herencia. Ya en 1916 se instauró el impuesto gradual federal. Los oponentes al impuesto sobre bienes raíces dados en herencia le denominaron peyorativamente “impuesto de la muerte”, un impuesto que, según el colaborador de los diarios The Wall Street Journal, USA Today y Forbes, John C. Goodman, “es el más odiado de los impuestos por el público general” (Forbes. 27 de abril de 2015). ¿Realmente este impuesto es odiado por el público general o solo es odiado por un público elitista?

Analicemos: El impuesto de inmuebles en los Estados Unidos es un impuesto sobre la transferencia de la propiedad de una persona fallecida. Se aplica a la propiedad que se transfiere a través de un testamento o según las leyes estatales sobre sucesión intestada. Otras transferencias que están sujetas al impuesto pueden incluir las realizadas a través de una sucesión intestada o en depósito, o el pago de ciertos beneficios del seguro de vida o cuenta financiera sumada a los beneficiarios.

Para fijar el monto de la deuda se requiere conocer que:

1 El valor justo de mercado de todas las propiedades transferidas se calcula y se suma antes de aplicar el impuesto a la herencia. Los activos que califican incluyen efectivo, cuentas bancarias, acciones, bienes raíces, seguros y cualquier otro interés comercial relacionado. La suma de los valores de activos se conoce como valor bruto de la propiedad.  

2 El valor neto: El IRS suma todos los ajustes hechos sobre el valor bruto de la propiedad. Los ajustes pueden incluir dinero que el difunto debía, como préstamos, saldos de hipotecas y otros gastos incurridos en la administración de la propiedad heredada. Cualquier propiedad que se deje al cónyuge sobreviviente se considera una deducción marital del valor bruto de la propiedad. El valor neto de la propiedad se determina luego de haber hecho todas las deducciones y ajustes al valor bruto determinado en el punto anterior.

Se requiere que el bien dejado en herencia sea debidamente tasado. La mayoría de los estados requieren que un tasador certificado tase todos los bienes inmuebles para fines de impuesto a la herencia.

Ahora bien, existen grandes exenciones fiscales para la determinación del pago por impuesto sobre bienes raíces dados en herencia y estas exenciones se ajustan anualmente de acuerdo al índice de inflación. Si un activo es dejado a un cónyuge o a una institución de beneficencia reconocida por el gobierno federal, el impuesto generalmente no aplica. Además, hasta cierta cantidad, que varía año tras año, un individuo, antes o después de su muerte, puede ceder, sin incurrir en el impuesto federal por donación o patrimonio: $5.340.000 para inmuebles de personas agonizando en 2014, $5.430.000 para inmuebles de personas agonizando en 2015 y $5.450.000 (en efectivo $ 10,9 millones por pareja casada) para inmuebles de personas agonizando en el año 2016. Esto significa que hasta $ 5,43 millones de los inmuebles de una persona estará exenta de impuesto federal sobre inmuebles, con una tasa de impuesto del 40% aplicada a cualquier exceso sobre la cantidad de la exención.  Por el contrario, los Estados con raíces impuestos normalmente exentos ni mucho menos por raíces de sus impuestos e imponer una tasa máxima del 16%. Como en el sistema federal, legados a un cónyuge son libres de impuestos.

Esto significa que el impuesto federal a la herencia solo afecta al dos por ciento de las personas más adineradas en los Estados Unidos. Por tanto, el denominado “impuesto de la muerte” no representa un castigo a los que han alcanzado el sueño americano, sino a los que han alcanzado más que un sueño, el uno o el dos por ciento de la población de Estados Unidos. Si usted tiene la capacidad de dejar en herencia algún bien inmueble por encima de los 5 millones 430 mil dólares, debe votar por Trump y por su plan de reformas tributarias.

Veamos la siguiente tabla que propone Trump respecto a las ganancias de capital a largo plazo:

Impuesto Ingreso Rate
Ganancias de Cap. largo Plazo/ Dividendos Rate
Soltero
Matrimonio
Cabeza de Familia
0%
                   0%
$0 hasta $25,000
$0 hasta $50,000
$0 hasta $37,500
10%
                   0%
$25,001 hasta $50,000
$50,001hasta $100,000
$37,501 hasta $75,000
20%
                 15%
$50,001 hasta $150,000
$100,001 hasta $300,000
$75,001 hasta $225,000
25%
                 20%
$150,001 y más
$300,001 and up
$225,001 y más


Sobre este tema explica Edwin Thomas (eHOW, Finanzas)

Los impuestos sobre las ganancias al capital son un problema para muchos inversionistas que invierten en el mercado de valores o en bienes raíces, ya que es un impuesto especial disponible para aquellos que reciben un beneficio de este tipo de activos en un período mayor a un año. Por otra parte, las exenciones fiscales a las ganancias al capital son un tema clave para cualquier persona que recibe un beneficio sobre el patrimonio neto al vender su casa. Combinadas, estas consideraciones hacen de este impuesto un problema incluso para los estadounidenses de clase media que deben tener en cuenta estos aspectos.

El capital gains tax es un gravamen impositivo sobre la ganancia obtenida por la venta de un activo (acciones, bonos, metales preciosos y propiedades de bienes raíces) que fuera comprado a un precio inferior que el importe obtenido (ganancia de capital) posteriormente con su venta. Por lo general el impuesto sobre la ganancia de capital está separado de los impuestos sobre los ingresos. Las ganancias de capital a corto plazo, es decir, la utilidad obtenida de los activos mantenidos por menos de un año, están sujetas al impuesto estándar sobre los ingresos.

No obstante, las ganancias de capital a largo plazo, o beneficios de los activos mantenidos por más de un año, se gravan con una tasa especial diseñada para promover las inversiones de largo plazo las que se gravan al 15% para la mayoría de los soportes de impuesto y cero para los dos más bajos. La mayoría de los inversores pueden obtener una importante ventaja con la posesión de existencias por más de un año; sin embargo, las ganancias a corto plazo tributan de acuerdo con el impuesto regular.  Véase la siguiente Tabla de Tasas del Impuesto sobre las Ganancias de Capital.

Soporte de Impuesto
Tasa de Impuesto sobre la Ganancia de Capital
A Corto Plazo
A Largo Plazo
10%
10%
0%
15%
15%
25%
25%
15%
28%
28%
33%
33%
35%
35%
39.6%
39.6%
20%

El proyecto de reforma al Código Tributario propuesto por Donald Trump simplifica los soportes a solo cuatro (0%, 10%, 20% y 25%), sin embargo, nada nuevo establece con respecto a las tasas de impuestos sobre las ganancias a largo plazo. Lo que a Trump le preocupa son los impuestos sobre las ganancias de capital a corto plazo que se gravan como si se trataran del ingreso personal regular. Sus proyectos de bienes raíces son, por lo general ganancias de capital a corto plazo y eso le incurriría en un agravamiento del 39% sobre sus ingresos.

Todo lo previsto en el Proyecto de Reforma del Código Tributario de Donald Trump se dirige a favor de sus propios intereses y nunca en beneficio de la clase media, salvo la demagogia para ganar apoyo, de eximir de pagar impuestos a los solteros con ingresos anuales menores de $25,000 y a los casados con ingresos menores de $50.000 lo que pudiera ser muy beneficioso a corto plazo, sería a mediano y largo plazo en perjuicio para esos contribuyentes a los que se les condona el pago de impuestos.


Si luego de leer este trabajo, Ud. no ha comprendido cuáles son las razones de Donald Trump para aspirar a la presidencia, entonces nada hay qué hacer.