Mario
J. Viera
¿En
realidad el lema, que sustituyó aquel de E pluribus unum, es de carácter
“patriótico o ceremonial” como así lo dictaminó el Tribunal de Apelación del
Noveno Circuito de Estados Unidos en 1970? ¿Realmente no tiene ningún parecido
real con un patrocinio gubernamental de un ejercicio religioso? Todo depende
desde el ángulo que se le analice.
La
primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos se expresó muy claramente
al acuñar: Congress shall make no law respecting an establishment of
religión (El Congreso no hará
ninguna ley con respecto al establecimiento de la
religión). Desde este punto de vista constitucional, aprobar por resolución
conjunta del Congreso el lema de “En Dios confiamos” no quiere decir
taxativamente que sea “hacer una ley para el establecimiento de la religión”. Puede
tratarse solo de una expresión genérica, donde Dios es un símbolo; y los
símbolos son la expresión de una realidad abstracta. Así fue como se incluyó el
nombre Dios, en el Preámbulo la Constitución cubana, primero en la de 1901 y
posteriormente en la de 1940.
En el debate que se produjo en la Constituyente de 1900,
en torno a la invocación que se hacía a Dios en el preámbulo de la
Constitución, Manuel Sanguily, un hombre que de religiosos nada tenía, tomó la
palabra y declaró:
“Dios
es, al fin y al cabo, el símbolo de aquel bien que va realizándose con
nosotros, contra nosotros, a pesar de nosotros, ahora, en el presente y en el
porvenir... Dios, pues, no es en
mis labios sino un símbolo, y en este símbolo, cabalmente por ser un símbolo,
caben todas las aspiraciones, las opiniones todas, las del ateo y las del
creyente, así como todas las creencias (…) bueno es, procurar asirnos a
algo que parezca un ancla de oro suspendida en el espacio; (…) es una
idea que representa algo más poderoso que la voluntad de los hombres, algo más
firme y permanente que las vicisitudes de la Historia”.
Ahora
bien, el lema “En Dios confiamos” va más allá de lo simbólico para convertirse
en un postulado de fe teísta, no cívico; no es en realidad un símbolo de
patriotismo, sino el reconocimiento de no ser capaces de alcanzar nuestros
objetivos como Nación; que no basta estar organizados constitucionalmente, de
haber alcanzado un sistema institucional de estado de derecho, de poseer un
potencial económico y un pueblo decidido, para asegurar nuestra existencia como
Nación; que no somos nada; que tenemos que confiar en la Providencia. Es la fe
en lo ignoto y no en nuestras propias capacidades.
Quizá
el creyente pueda confiar solo en Dios para alcanzar las metas o para salir con
vida en un enfrentamiento bélico. Confiar en Dios quizá anime; pero para
alcanzar las metas y vencer en enfrentamientos bélicos se requiere voluntad de
victoria, de confiar plenamente en nosotros actuando e pluribus unum, de
hacernos uno en muchos, una sola voluntad.
Se
habla mucho de la fundación de Estados Unidos sobre bases eminentemente
cristianas; pero a este criterio hay objeciones. Situémonos en el siglo XVIII,
sin interpretación milenial, sino dentro del como pensar en aquel siglo, que,
por cierto, se denominó siglo de las luces (de finales del siglo XVII y
mediados del XVIII). La revolución de las trece colonias se produjo en 1776.
Los fundadores de los Estados Unidos, los que impulsaron la revolución y
aquellos que crearon un nuevo Estado, definitivamente opuesto al absolutismo
monárquico bebieron de las fuentes de John Locke (1632-1704); Voltaire
(1694-1778); Jean-Jacques Rousseau (1712-1778); Montesquieu (1713-1784); David
Hume (1711-1776); e Immanuel Kant (1724-1804).
Entre
los fundadores de la Nación se encuentran muchos hombres ilustrados y no existe
testimonio alguno de que entre ellos hubiera alguno que practicara el ateísmo;
pero sí hay testimonios de que, entre ellos, los hubo libre pensadores y
deístas. Se pueda afirmar que todos eran creyentes; pero no todos eran, en
realidad, miembros de alguna religión organizada.
Entre
los llamados “padres fundadores” se mencionan como deístas a John Adams,
Benjamin Franklin, Alexander Hamilton, John Jay, Thomas Jefferson, James
Madison y George Washington. El deísmo, valga la aclaración, no es una religión
sino una creencia, una posición filosófica frente al concepto de la revelación;
es ver a Dios como el Arquitecto supremo del universo, o como “el gran
relojero” de Voltaire, creador del “Gran Reloj del universo”.
Muchos
aducen que la doctrina cristiana está presente dentro de la redacción de la
Declaración de Independencia. Para ello citan pasajes de la Declaración de
Independencia como, por ejemplo, los siguientes párrafos:
“Cuando
en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo
disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las
naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las
leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un
justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo
impulsan a la separación.
(…)
Sostenemos como evidentes estas verdades: que los hombres son creados
iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables;
que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.
(…)
los representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso
General, apelando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras
intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias,
solemnemente hacemos público y declaramos: que estas colonias Unidas son, y
deben serlo por derecho, Estados libres e independientes… que, como Estados
libres o independientes, tienen pleno poder para hacer la guerra, concertar la
paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar los actos y
providencias a que tienen derecho los Estados independientes. Y en apoyo de
esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina
Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra hacienda y nuestro sagrado
honor”.
Sin
embargo, pasan por alto un detalle. Thomas Jefferson fue el principal redactor,
y al mismo tiempo, fue un convencido creyente del deísmo; de él, durante la
campaña electoral de 1800, entre John Adams, presidente titular por el Partido
Federalista, y Thomas Jefferson, vicepresidente y candidato del Partido
Demócrata-Republicano, está documentado que varios clérigos y pastores
denominaron a aquella como una elección entre el patriota federalista John
Adams y el anticristiano francófilo Thomas Jefferson.
Pero
veamos más. Thomas Payne es considerado como uno de los “padres fundadores”;
pero Payne no se dejaba llevar por las ideas religiosas que muchos en las
colonias profesaban. Vivió en Francia durante el periodo de la Revolución y
escribió a favor de la misma; autor había sido del folleto político Common
Sense. En 1793-94 escribiría el libro The Age of Reason: Being an
Investigation of True and Fabulous Theology (La edad de la razón: una
investigación sobre la verdadera y fabulosa teología). En este libro. Payne
aboga por el deísmo, critica a la religión institucionalizada y niega la
infalibilidad bíblica y promueve la razón y el librepensamiento. No obstante, y
como deísta, Payne no era ateo pues cree en la religión natural y en un Dios
creador. Idéntica consideración con lo plasmado por Jefferson en la Declaración
de Independencia. Cuando hizo referencia a “las leyes de la naturaleza y el
Dios de esa naturaleza”; y este no es, ni para Jefferson, ni para Payne, el
cruel Dios bíblico.
Payne
se apartaba de los presupuestos y dogmas del cristianismo y fustigó al clericalismo.
Fuerte fue su crítica al Antiguo Testamento: “Cada vez que leemos las
historias obscenas, los libertinajes voluptuosos, las ejecuciones crueles y
tortuosas, la venganza implacable, con las que está llena más de la mitad de la
Biblia, sería más consistente que la llamemos la palabra de un demonio, que la
palabra de un Dios. Es una historia de maldad, que ha servido para corromper y
embrutecer a la humanidad; y por mi parte, lo detesto sinceramente, como
detesto todo lo que es cruel”.
Cuando
la primera enmienda le prohibió al Congreso dictar alguna ley que estableciera
una religión oficial, se estaba situando dentro de un principio básico del
liberalismo de establecer el secularismo o el laicisismo de la Federación, la
providencia de que los asuntos civiles, ciudadanos, se debían formular sobre la
base del raciocinio derivado del mundo material, sin recurrir a la religión. Lo
cual no quiere decir que se plantee una posición ateísta y de rechazo a la
libertad de creencias de la ciudadanía; simplemente, es la separación del
gobierno de la religión, por lo cual las leyes que apruebe el Congreso se deberán
elaborar por motivos seculares y no religiosos.
El
Estado debe proteger el derecho de todos, de creer o de no creer, de culto o de
no culto; por tanto, no le pertenece al Estado establecer leyes, de obligatorio
cumplimiento, fundadas en dogmas o preceptos religiosos surgidos de las leyes mosaicas
o de la Sharía, como pudieran ser el homosexualismo o el derecho de la mujer a
suspender su embarazo. Claro está, este concepto es fuertemente rechazado tanto
por los fundamentalistas cristianos, como los fundamentalistas judíos como por
los fundamentalistas islámicos.
Ciertamente,
la primera enmienda de la Constitución reconoce y ampara el derecho de expresión,
pero hay excepciones, la primera enmienda no ampara expresiones que comporten
discriminación por motivos de raza, credo, sexo, o preferencias sexuales.
Cualquiera puede reclamar y abogar por la oración de los niños en las escuelas,
pero convertir ese reclamo en ley, es también violar la primera enmienda y un
principio básico de los derechos humanos, porque, toda persona tiene derecho a
la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; libertad de cambiar de
religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su
creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la práctica, el culto y la observancia; porque además, nadie podrá
ser obligado a pertenecer a una asociación, ya sea religiosa, como social o
política.