Miriam Leiva. CUBANET
De la euforia a la depresión pasó una
gran parte de la población cubana según transcurría el 16 de octubre. ¡Qué mal ha de estar un país en el que los
ciudadanos añoran emigrar a cualquier parte, sin que les importe la crisis
económica o la miseria del país de destino!
La noticia llegó, como es usual, por
las llamadas telefónicas de parientes y amigos residentes en el extranjero, o
mediante la radio internacional. Rápidos
los cubanos sintonizaron las emisoras nacionales y salieron a procurar Granma,
y sus reproductores Juventud Rebelde y los periódicos provinciales. A la lectura del titular “Actualiza Cuba su
política migratoria” la mirada pasaba a “el gobierno cubano, en ejercicio de su
soberanía, ha decidido eliminar el procedimiento de Permiso de Salida para los
viajes al exterior y dejar sin efecto el requisito de la Carta de
Invitación”. Desde hacía mucho, era la
noticia más esperada en Cuba.
Hubo quienes pensaron que fácilmente
podrían realizar el sueño de escapar hacia una vida mejor. Pero, poco a poco, empezaron las
explicaciones y los detalles de que seguirían necesitando visa del país que los
acogería y, sobre todo, que la Tarjeta Blanca era sustituida por el pasaporte
“actualizado” y la prohibición se mantenía para muchos.
Se formaron grandes colas para comprar
la Gaceta Oficial de la República de Cuba, donde aparece el texto integro de la
ley. Su escasa disponibilidad en los
estanquillos, donde se vende al precio oficial de 80 centavos, sería resuelta
por el mercado negro, donde los
revendedores la ofrecen a 5 pesos. No
había que avanzar mucho en la lectura para comprender que el
“perfeccionamiento” de la Ley No 1312 “Ley de Migración” de 20 de septiembre de
1976 era otra falacia.
En el primer Por Cuanto se aduce el
objetivo de garantizar que los movimientos migratorias continúen realizándose
de forma legal, ordenada y segura; lo que podría entenderse como una pequeña
apertura con el objetivo de deshacerse de aquellas personas descontentas por
las recias condiciones de vida y el gran desempleo; problemas que el gobierno
no será capaz de resolver debido a su renuencia a permitir la iniciativa
privada. Los que se van no solo aligeran
la economía al reducir la necesidad de importar bienes y los requerimientos de
servicios y prestaciones sociales; sino que podrían enviar ayuda a sus
familiares, y aliviar la presión social.
Como el segundo Por Cuanto empieza con
“el gobierno de Estados Unidos de América”, inmediatamente se vislumbra que se
mantendrán las restricciones, aduciendo la “utilización de la política
migratoria hacia Cuba con fines de hostilidad, subversión y desestabilización,
y contra los intereses legítimos de nuestro pueblo y de la propia emigración
cubana”. Luego se refiere al
establecimiento de determinadas regulaciones que limiten esos efectos, y normas
dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada del país. El tercer Por Cuanto ratifica lo aprobado
anteriormente sobre la posibilidad de
los emigrantes de transmitir los bienes, que el gobierno había incautado
arbitrariamente durante casi 53 años.
Por tanto, el presidente Raúl Castro
dictó el Decreto-Ley No 302 modificativo de la Ley No. 1312 de 1976. El Artículo 1 devuelve al pasaporte la
función determinante para salir o entrar al territorio nacional, convirtiéndolo
de facto en el sustituto de la Carta Blanca (permiso de salida), siempre
expedido por el mismo Ministerio del Interior.
De tal manera, a partir del 14 de enero de 2013 habrá que “actualizar”
el pasaporte poseído o solicitar uno nuevo.
Los diferentes incisos del Artículo 23
precisan quienes no podrán obtener pasaporte corriente: el inciso d) cuando
razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen (entiéndase quienes
expresen sus criterios o realicen alguna
actividad política pacífica, los llamados contrarrevolucionarios por el
gobierno); el inciso f) carecer de la autorización establecida, en virtud de
las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo calificada para el
desarrollo económico, social y científico-técnico del país, así como para la
seguridad y protección de la información oficial; el inciso h) cuando por otras
razones de interés público, lo determínenlas autoridades facultadas.
Para cortar definitivamente las
esperanzas, se especifica mediante el
Decreto No. 306 “Sobre el tratamiento hacia los cuadros, profesionales y
atletas que requieren autorización para viajar al exterior”, en el inciso b) los graduados de la educación
superior que realizan actividades vitales para el desarrollo económico, social
y científico-técnico del país en los programas estratégicos, proyectos de
investigación y servicios de salud”; en el inciso c) técnicos de nivel medio
especializados que realizan actividades vitales para mantener los servicios de
salud y la actividad científico-técnica; e inciso d) atletas de alto
rendimiento, técnicos y entrenadores vitales para el movimiento deportivo. El
disgusto es inmenso entre esas personas a quienes se ratifica que tendrán que
esperar como mínimo 5 años, los primeros; 3 años, los segundos, y desertar en
un viaje al extranjero, en el caso de los terceros.
En cuanto a los cubanos residentes en
el extranjero, continuarán sujetos a tener que solicitar pasaporte cubano,
siguiendo iguales criterios para recibirlo que hasta el presente. Las mejorías fundamentales son que ─ para los
que salieron temporalmente ─ se extiende el permiso para permanecer fuera del
país, de los de 11 meses actuales a 24 meses, prorrogables; y quienes salieron
definitivamente podrán conservar sus propiedades. No se menciona la situación de los cónyuges e
hijos de aquellos considerados “desertores”, cuyos familiares cercanos son
habitualmente retenidos por el gobierno cubano como rehenes, para castigar a
toda la familia.
Por lo expuesto anteriormente y
algunos detalles más, se confirma que el gobierno de Cuba ha anunciado de hecho
que continuará violando flagrantemente el Artículo 13, inciso 2, de la
Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a salir
de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”. Se desvanece
definitivamente la ilusión de que las autoridades tuvieran una sincera
disposición a ratificar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
que en su Artículo 12, inciso 2, lo
reafirma, con la precisión del inciso 4: “Nadie podrá ser arbitrariamente
privado del derecho de entrar en su propio país”.
Probablemente este sea el paso con
mayores implicaciones sociales que haya dado el gobierno. Con el anuncio de que
se materializaría la ansiada reforma migratoria, el presidente Raúl Castro había creado
expectativas en millones de cubanos que añoran poder emigrar, desesperanzados
ya de mejorar sus condiciones económicas y existenciales mediante el trabajo
por cuenta propia y el usufructo de las tierras ociosas; desesperanza agravada
recientemente por las nuevas restricciones aduaneras. Muchos podrán ahora irse con el “beneficio”
actual de prescindir de los engorrosos y caros trámites de la carta de
invitación y el permiso de salida. Desafortunadamente continuarán
profundizándose las diferencias sociales.
En el caso de los jóvenes se ahondará
la falta de estímulo para realizar estudios de nivel medio y, fundamentalmente,
universitarios; vistos por la mayoría como un freno para su progreso, ya que un
título universitario en Cuba no significa reconocimiento social ni la
posibilidad de ganar salarios adecuados; sino un obstáculo a la huida, que es
vista como la única opción de superación.
A partir del 14 de enero de 2013 se
verificará el alcance de la Ley Migratoria, según se comporte la entrega de
pasaportes a los cubanos de la isla y la diáspora.
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