René Gómez Manzano
LA HABANA, Cuba, agosto (www.cubanet.org) – La semana pasada, el diario Granma publicó una información sobre el ensayo que se hará en dos territorios de nuestra Patria, consistente en delegar en personas distintas la presidencia de cada asamblea provincial o municipal y la de su respectivo órgano de administración.
Este experimento se llevará a cabo en las nuevas provincias, Artemisa y Mayabeque, cuya creación, a principios del presente año, sirvió para instituir un aparato burocrático adicional, privar a sus habitantes de la condición de habaneros, y halagar al tercer hombre del régimen, el sombrío ex ministro del Interior, Ramiro Valdés, transformando en capital provincial la pequeña villa en que nació.
La información de Granma pone en claro cinco tipos de dificultades derivadas de “la fusión de ambos cargos en una misma persona”. La que más llama la atención es la quinta, donde se plantea que al Presidente local “lo absorben los problemas administrativos y de gobierno del territorio, dada la complejidad de los mismos”.
No pongo en duda ese aserto, pero me asalta una preocupación: si tan complicado es para una persona ocuparse de los asuntos burocráticos gubernamentales de una provincia o municipio, ¡cuánto más no lo será para quien tenga esas responsabilidades a nivel nacional! Por eso me pregunto: si la experiencia tiene éxito, ¿servirá ella de antecedente para dividir la presidencia de los consejos de Estado y Ministros?
No es la primera vez que las autoridades castristas hacen un ensayo de esta naturaleza. Otro, vinculado al poder popular, se llevó a cabo en la década de los setenta en la provincia de Matanzas.
Algo parecido sucedió con los primeros tribunales populares, que funcionaron antes de la unificación de las jurisdicciones en 1973. Esos espurios órganos experimentales, no amparados en ley alguna, impartieron, no justicia, sino injusticia durante años, aunque hay que aclarar que en esa oportunidad el engendro abarcó todo el territorio nacional.
En esos casos no se prestó demasiada atención a las implicaciones que el experimento correspondiente tuviese en lo que ellos llaman (como si el apego a las normas jurídicas pudiera ser calificado con un apellido) “la legalidad socialista”.
En el asunto que nos ocupa, el mismo documento emitido por la Asamblea Nacional reconoce que “el problema fundamental que entorpece la aplicación de esta experiencia resulta de lo preceptuado en el artículo 117 de la Constitución”. Y cita ese precepto, que establece: “Los presidentes de las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular son a la vez presidentes de los respectivos órganos de administración”.
Los legisladores cubanos, durante el único día de este año en que han sesionado, sortearon el problema, aduciendo el hecho cierto de que la propia Asamblea es la depositaria del poder constituyente. Por ello manifestaron su propósito de adquirir experiencias para “considerar en su día la posible reforma del mencionado artículo 117”.
Lo cual, expresado de otro modo, equivale a decir: “Como nosotros tenemos la facultad de enmendar la Constitución, incumpliremos abierta y deliberadamente uno de sus preceptos, para modificarlo a posteriori si llegáramos a considerarlo necesario”. ¡Buen ejemplo para quienes se interesan en los temas de la legalidad y la seguridad jurídica!
Como es obvio, la postura antes mencionada es muy poco ortodoxa y resulta harto criticable desde el punto de vista legal. De todos modos, ante los hechos consumados, sólo nos cabe cruzar los dedos y exclamar la consabida frase hecha: ¡Que para bien sea!
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