jueves, 19 de julio de 2012

Capriles y el mensaje a la FAN


César Augusto Manzano Zavala. ANALITICA

Luego de mucho tiempo de escuchar discursos o más bien arengas dirigidas a la Fuerza Armada con los propósitos no disimulados de convertirlas  en fuerzas pretorianas al servicio de un hegemón, de minar los principios basilares de su existencia como institución al servicio del Estado-Nación, de intentar destruir su jerarquización, su disciplina, sus tradiciones, de tratar de socavar la ascendencia jerárquica que debe existir en toda fuerza armada profesional por medio de ascensos masivos a  los más altos grados de la organización militar, después de todo esto y muchas otras acciones tendentes a convertir a la institución militar en brazo armado de un proyecto político, ha sido reconfortante y esperanzador presenciar por la TV el mensaje del candidato Henrique Capriles Radonsky dirigido a la FAN.

Por una parte el escenario sobrio, austero, apropiado para que un Comandante en Jefe se dirija a una organización militar profesional con un lenguaje comedido, preciso, sin aspavientos, sin expresiones altisonantes, sin halagos. El candidato expuso de manera sencilla  sus conceptos en relación a los que considera problemas de la mayor importancia para las FAN y la necesidad de afrontarlos con la urgencia requerida una vez él asuma el cargo de Presidente de la República. Todo lo enunciado en el mensaje comprende el abanico de aspectos que preocupan a los militares institucionalistas que constituyen la mayoría del personal activo.

Es oportuno acotar que nuestras FAN requieren un proceso de modernización que va más allá del equipamiento operacional, que es el referido a la legislación que le confiere organicidad y establece la normativa que debe regir la vida institucional. Y esa modernización pasa obligatoriamente por la revisión y re-elaboración de la Ley Orgánica (LOFAN) dado que la actual, redactada y aprobada por el régimen, adolece de un sinnúmero de defectos que la convierten en un instrumento inconsistente con el concepto de una  organización militar para un Estado democrático moderno, ya que  fue concebida bajo ciertas concepciones contrarias al Estado democrático.

Una normativa legal de rango orgánico para una FAN moderna, deberá contemplar entre otras materias lo referido al tiempo de servicio activo, que debe ser aumentado al menos a 39 años con el añadido de que quienes no logren clasificar para ascenso al grado inmediato superior en un lapso fijado, pasarán a retiro taxativamente. Esto permitirá oxigenar la pirámide organizacional de manera apropiada, teniendo presente que esta misma ley deberá contemplar la elaboración de un escalafón por estricto orden de mérito que sea responsabilidad exclusiva de una Junta Permanente de Evaluación de cada Fuerza, como condición sine qua non para el proceso de ascensos.

Además una modernización de las FAN para adaptarla a los tiempos que corren, deberá establecer en esta ley el cargo de Comandante General de las FAN a ser ocupado por un oficial activo con el grado de Almirante o General en Jefe, quien sería el único dentro de la organización que llegara a ostentar ese grado. La ley deberá igualmente establecer que la cartera de Ministro de la Defensa tiene que ser ocupada por un civil que será el vocero político de la institución militar en el Gabinete y ante la Nación. Es necesario aclarar que el cargo de Comandante General de las FAN no se debe confundir con el de Comandante en Jefe de las FAN que ostenta el Presidente de la República.

Hay muchos otros aspectos a ser considerados en una LOFAN en aras de lograr una estructura militar que responda a las exigencias de un Estado democrático moderno, entre los cuales podemos mencionar su conformación según el concepto universal de fuerzas activas y fuerzas de reserva; la obligatoriedad de que el número de sus integrantes y el equipamiento que determine el Presidente de la Republica deberán ser aprobados por el Parlamento que es la representación de la soberanía nacional.

Dicho instrumento legal deberá contemplar además de los “deberes” de los militares como ha sido hasta ahora, lo relativo a los “derechos”, aspecto que estaba ausente en las legislaciones anteriores. Igualmente esa necesidad de modernidad obliga a plantear un cambio radical en cuanto a que según lo establecido por la Carta Magna la Justicia Militar forma parte del Sistema de Justicia de la República, por lo tanto la Justicia Militar  deberá desligarse entonces de su dependencia del Ministro de la Defensa y del Presidente de la República. Igual concepto deberá emplearse en relación a la Contraloría de las FAN.

Hay muchos otros aspectos que deberán incluirse en una LOFAN que pretenda ser la norma que lleve a la institución militar a un estadio de modernización que le permita una operatividad de alta eficiencia que garantice la seguridad y defensa del país. He querido solo mencionar algunos de ellos para llamar la atención sobre la importancia que reviste en el futuro cercano un estudio y análisis detallado y en profundidad de la organización militar de nuestro país.

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