César Augusto Manzano Zavala. ANALITICA
Luego de mucho tiempo de escuchar discursos o más bien
arengas dirigidas a la Fuerza Armada con los propósitos no disimulados de
convertirlas en fuerzas pretorianas al
servicio de un hegemón, de minar los principios basilares de su existencia como
institución al servicio del Estado-Nación, de intentar destruir su
jerarquización, su disciplina, sus tradiciones, de tratar de socavar la
ascendencia jerárquica que debe existir en toda fuerza armada profesional por
medio de ascensos masivos a los más
altos grados de la organización militar, después de todo esto y muchas otras
acciones tendentes a convertir a la institución militar en brazo armado de un
proyecto político, ha sido reconfortante y esperanzador presenciar por la TV el
mensaje del candidato Henrique Capriles Radonsky dirigido a la FAN.
Por una parte el escenario sobrio, austero, apropiado
para que un Comandante en Jefe se dirija a una organización militar profesional
con un lenguaje comedido, preciso, sin aspavientos, sin expresiones
altisonantes, sin halagos. El candidato expuso de manera sencilla sus conceptos en relación a los que considera
problemas de la mayor importancia para las FAN y la necesidad de afrontarlos
con la urgencia requerida una vez él asuma el cargo de Presidente de la
República. Todo lo enunciado en el mensaje comprende el abanico de aspectos que
preocupan a los militares institucionalistas que constituyen la mayoría del
personal activo.
Es oportuno acotar que nuestras FAN requieren un proceso
de modernización que va más allá del equipamiento operacional, que es el
referido a la legislación que le confiere organicidad y establece la normativa
que debe regir la vida institucional. Y esa modernización pasa obligatoriamente
por la revisión y re-elaboración de la Ley Orgánica (LOFAN) dado que la actual,
redactada y aprobada por el régimen, adolece de un sinnúmero de defectos que la
convierten en un instrumento inconsistente con el concepto de una organización militar para un Estado
democrático moderno, ya que fue
concebida bajo ciertas concepciones contrarias al Estado democrático.
Una normativa legal de rango orgánico para una FAN
moderna, deberá contemplar entre otras materias lo referido al tiempo de
servicio activo, que debe ser aumentado al menos a 39 años con el añadido de
que quienes no logren clasificar para ascenso al grado inmediato superior en un
lapso fijado, pasarán a retiro taxativamente. Esto permitirá oxigenar la
pirámide organizacional de manera apropiada, teniendo presente que esta misma
ley deberá contemplar la elaboración de un escalafón por estricto orden de
mérito que sea responsabilidad exclusiva de una Junta Permanente de Evaluación
de cada Fuerza, como condición sine qua non para el proceso de ascensos.
Además una modernización de las FAN para adaptarla a los
tiempos que corren, deberá establecer en esta ley el cargo de Comandante
General de las FAN a ser ocupado por un oficial activo con el grado de
Almirante o General en Jefe, quien sería el único dentro de la organización que
llegara a ostentar ese grado. La ley deberá igualmente establecer que la
cartera de Ministro de la Defensa tiene que ser ocupada por un civil que será
el vocero político de la institución militar en el Gabinete y ante la Nación.
Es necesario aclarar que el cargo de Comandante General de las FAN no se debe
confundir con el de Comandante en Jefe de las FAN que ostenta el Presidente de
la República.
Hay muchos otros aspectos a ser considerados en una LOFAN
en aras de lograr una estructura militar que responda a las exigencias de un
Estado democrático moderno, entre los cuales podemos mencionar su conformación
según el concepto universal de fuerzas activas y fuerzas de reserva; la
obligatoriedad de que el número de sus integrantes y el equipamiento que
determine el Presidente de la Republica deberán ser aprobados por el Parlamento
que es la representación de la soberanía nacional.
Dicho instrumento legal deberá contemplar además de los
“deberes” de los militares como ha sido hasta ahora, lo relativo a los
“derechos”, aspecto que estaba ausente en las legislaciones anteriores.
Igualmente esa necesidad de modernidad obliga a plantear un cambio radical en
cuanto a que según lo establecido por la Carta Magna la Justicia Militar forma
parte del Sistema de Justicia de la República, por lo tanto la Justicia
Militar deberá desligarse entonces de su
dependencia del Ministro de la Defensa y del Presidente de la República. Igual
concepto deberá emplearse en relación a la Contraloría de las FAN.
Hay muchos otros aspectos que deberán incluirse en una
LOFAN que pretenda ser la norma que lleve a la institución militar a un estadio
de modernización que le permita una operatividad de alta eficiencia que
garantice la seguridad y defensa del país. He querido solo mencionar algunos de
ellos para llamar la atención sobre la importancia que reviste en el futuro
cercano un estudio y análisis detallado y en profundidad de la organización
militar de nuestro país.
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