Mario J. Viera
En la Sección Séptima del Capítulo Dos del Código Penal vigente en Cuba que tipifica los delitos contra la seguridad interior del Estado, se define, en los artículos 106 al 109, ambos inclusive, el delito de Terrorismo.
El artículo 106 define como terrorista todo aquel que “con el fin de afectar la seguridad del Estado, fabrique, facilite, venda, transporte, remita, introduzca en el país o tenga en su poder, en cualquier forma o lugar, materias, sustancias o instrumentos inflamables, explosivos, asfixiantes, tóxicos, o agentes químicos o biológicos, o cualquier otro elemento de cuya combinación puedan derivarse productos de la naturaleza descrita, o cualquier otra sustancia similar o artefacto adecuado para producir consecuencias de la naturaleza de las descritas en los artículos 104 y 105...” estos dos artículos tipifican el delito de sabotaje y contemplan 1) los actos realizados con la intención de destruir, alterar, dañar o perjudicar “en cualquier forma los medios, recursos, edificaciones, instalaciones o unidades socio-económicas o militares...”, 2) la intención de destruir bienes de uso o consumo depositados en almacenes o en otras instalaciones o a la intemperie.
El párrafo 1 del artículo 107 define también al terrorista al que “con ánimo de afectar la seguridad del Estado (...) ejecute un acto contra la vida, la integridad corporal, la libertad o la seguridad personal de un dirigente del Partido Comunista de Cuba, del Estado o del Gobierno, o contra sus familiares...”
Las sanciones previstas para estos delitos van desde 10 años de privación de libertad hasta la pena de muerte.
El Código de Defensa Social vigente en los últimos años de la República no contemplaba el delito de terrorismo ni las sanciones que le penalizan en el vigente Código Penal. Si esa figura delictiva se hubiera contemplado en el derogado Código, los miembros de los movimientos insurgentes que se enfrentaban al dictador Fulgencio Batista podrían calificar como terroristas y sujetos a las mismas penas, incluida la de muerte. Fidel Castro sería, por tanto, calificado legalmente como el líder de una organización terrorista.
Veamos algunos ejemplos. Los medios oficialistas del castrismo resalta la participación de muchos militantes de acción vinculados a actos calificados ahora como actos terroristas, tales como la realización de sabotajes, atentados contra personalidades gubernamentales, el uso y manipulación de materiales explosivos e instrumentos inflamables como el fósforo vivo y atentados explosivos en salas de cine.
El castrismo exalta actos de claro corte terrorista como el cometido por la joven revolucionaria Urselia Díaz Báez que muere víctima de su propia intención de colocar una bomba-reloj en el baño del teatro América el 3 de septiembre de 1957. El sitio web La Demajagua describe la acción terrorista: “Una bomba-reloj bien atada al muslo con una cinta adhesiva portaba (Urselia) cuando se dirigió al cine América. Entró y se puso a ver la película. Entusiasmada el tiempo pasó y de repente se percata de que se ha demorado demasiado. Se dirigió a los baños y unos segundos después el artefacto explotó en sus manos”. Un acto muy semejante al de los suicidas terroristas islamitas de los días actuales.
La página jovenclub (oficialista) destaca la intensificación de las acciones de sabotaje realizado en Matanzas tras el alzamiento de Cienfuegos del 5 de septiembre de 1957:
“La primera acción de los yumurinos sería la colocación y explosión de una bomba en el parque Machado (hoy René Fraga Moreno), otra en el bar Libertad (frente al parque del mismo nombre) y una tercera debajo de un automóvil en la calle Manzano. El grupo de los corta-postes tumbaron la línea de 66 000 voltios ocasionando a la Compañía Cubana de Electricidad daños por $30 000.
Otras acciones en esos días sería la explosión en horas de la mañana del día 8 de una bomba en el parque de Pueblo Nuevo; y la colocación de otra por Caridad Díaz Su rez en los servicios sanitarios del cabaret Rainbow ( situado en la zona de Canímar) cuando en los salones se encontraba Jorge Batista, hijo del dictador. También se colocaron explosivos en el restaurant La Dominica y en la tubería maestra del acueducto de Matanzas.
Continuando los miembros del MR-26-7 sus actividades de sabotaje el 10 de septiembre a la 1.00pm explotaba una bomba entre las tiendas La Giralda y Ania (ambas desaparecidas) situada la última en Medio 83 entre Santa Teresa y Zaragoza, afectándose con la explosión a la mueblería La Universal (desaparecida), ubicada en la acera de enfrente”.
Esta misma página hace referencia a una casa alquilada en Matanzas por Henrique Hart Dávalos a nombre de Carlos Manuel Gómez (pseudónimo de Hart) señalando que “la vivienda por estar ubicada en un lugar bastante aislado serviría de escondite y almacenamiento para los materiales que se utilizarían en las acciones de sabotaje”.
Todos estos actos están calificados como terroristas según el Código Penal del castrismo.
La página EcuRed (Versión castrista de Wikipedia) se refiere a las acciones de corte terrorista ejecutadas en Ciego de Avila durante los sucesos de la huelga del 9 de abril de 1958 ─ huelga no apoyada por los trabajadores ─ que se califican como sabotaje en el Código Penal vigente (Artículo 104): “La acción de asalto e inutilización de la plata eléctrica ubicada en el poblado de Vicente, fue la acción más importante durante el desarrollo de la huelga revolucionaria con la inutilización de los equipos de la planta, se obtuvo que estuviera dos días sin poder generar electricidad, además se le impidió al ingeniero que se encontraba dentro de la planta comunicar a Ciego de Ávila de lo que estaba sucediendo”.
EcuRed agrega a lo anterior: “En la zona de Gaspar y Baraguá el M-26 -7 desarrolló una intensa actividad el día 9 de abril destacándose el cierre del comercio en ambos lugares, la quema de una guagua en el poblado de Gaspar la noche del 8 y la quema el propio día 9 de la casi totalidad de los cañaverales de las colonias de la zona entre ellas La Habana, Chiquita, La Amistad, La Americana, etc. También se mantuvo paralizado parcialmente el central Baraguá.
Zona de también mucha efervescencia durante la huelga fue Jagüeyal , donde la mayoría de los cañaverales de las colonias cercanas fueron pastos de las llamas entre ellas las colonias Bravo, Guarry, Palenque, La Isabelita, El triunfo, fueron quemadas varias grúas cañeras entre ellas el Dos Bravo y el Tres Bravo, se paralizó las labores de reparaciones férreas en el taller, se cortaron los cables del tendido telefónico y cerca del poblado se efectuó el descarrilamiento de una locomotora con varios carros de caña.
En la zona de Venezuela y el Quince y Medio fueron efectuadas distintas actividades por el M-26-7 como el cierre del comercio, la obstaculización del tránsito por la carretera entre Venezuela y el Quince y Medio lo que se logró sacándole el vapor a una locomotora que paraba en aquel lugar, también fue volado un transformador eléctrico y se da candela a varias colonias entre ellas la de Galleguitos, también se lograron paralizar parcialmente las labores en el central Stewart.
En Júcaro miembros del M-26-7 descarrilaron varias casillas del ferrocarril que estaban cargadas de azúcar y también quemaron el apeadero de Dos Hermanos en la línea férrea de Ciego de Ávila a Júcaro”.
Estas acciones son magnificadas por el régimen de los hermanos Castro, así lo expresa EcuRed: “Sin lugar a dudas en la Historia de la Huelga de los avileños el 9 de abril de 1958 aparece escrito con las letras más grandes y maravillosas que puede escribir un pueblo revolucionario, las letras de REBELDIA Y ACCIÓN”. Esos mismos actos, llevados a cabo por militantes de acción en contra del sistema comunista no serían considerados por los jerarcas como actos de rebeldía y acción sino actos terroristas y merecedores hasta de la pena de muerte.
En adición se pueden citar las palabras del desaparecido General de Brigada (r) Demetrio Montseny Villa aparecidas en “Secretos de generales” de Luis Báez:
“A partir de febrero de 1957 pasé a la clandestinidad. Nuestras células eran muy activas. En varias ocasiones logramos paralizar la ciudad. Saboteamos el transporte por carretera y ferrocarril, pusimos petardos y bombas, lanzamos cócteles Molotov, dejamos la ciudad sin electricidad, ajusticiamos chivatos y traidores, incluyendo al gallego José Morán. También tuvimos que lamentar la explosión de un arsenal de armas y explosivos que teníamos en la calle Aguilera que le llamábamos el laboratorio de fabricar bombas.
En dicha vivienda teníamos bombas, niples y granadas en construcción y una romanita de farmacia donde se pesaban los componentes químicos para lograr los explosivos. También en un túnel que habíamos construido, se encontraban almacenadas numerosas cajas con dinamita, romperroca, escopetas, en total diez arrobas, más de doscientas libras de explosivos junto a herramientas y medios diversos para la fabricación de las bombas y granadas”.
Agregó Montseny el contacto que sostuvo con uno de los dirigentes del Movimiento 26 de Julio en Santiago de Cuba, René Ramos Laatour:
“Tuvimos una conversación muy amplia donde me expuso un panorama general de la situación y me planteó que por mi experiencia en cuestiones de explosivos, montara una fábrica de bombas en Santiago. Logré ponerla en producción, pero se creó la dificultad de cómo distribuirlas. Era más seguro llevarle la bomba a los que ejecutaban el sabotaje, a que fueran a recogerlas. Yo mismo me encargaba de repartirlas. Utilicé como depósito de explosivos una ferretería situada en Trocha y Cristina, propiedad del compañero René León. También empleamos como almacén un túnel que construimos en una casa que tenía el propio León por la zona de Boniato”.
En un estudio realizado por la Universidad de Oriente se señala el atentado en contra de la vida del Ministro de Gobernación del gobierno de Batista, Santiago Rey por parte de activistas del Directorio Revolucionario: “...el 14 de junio un comando encabezado por Raúl Díaz Argüelles y Tavo Machín realizan un atentado contra el ministro de gobernación de Batista, Santiago Rey Pernas, al que logran herir, en L y 25, en el Vedado”.
Alma Mater, revista oficialista de la Universidad de La Habana hace referencia al atentado “contra Luis Manuel Martínez, dirigente de la sección juvenil del partido político fundado por Fulgencio Batista, de quien era un cercano colaborador, amigo íntimo y su vocero en la televisión” acción que se intentaría por dos miembros del Directorio Revolucionario, Ramón Valdivia y Mario Reguera.
“El escenario de los hechos había sido la céntrica esquina de San Rafael e Industria, la cual, como todos los domingos a las 8 de la noche, estaba densamente concurrida tanto de paseantes como de miembros de la policía, pues en aquella zona la vigilancia era reforzada para desanimar las acciones revolucionarias en el perímetro de lo que constituía entonces el más importante centro comercial de la capital. En consecuencia, inmediato a su comisión se había producido un desigual enfrentamiento con el enjambre de policías que apareció por el lugar, en el que fatalmente resultaría apresado Valdivia”, agrega Alma Mater y señala que aquella fallida acción “honraba los acuerdos recién alcanzados en la ciudad de La Habana entre organizaciones del Movimiento 26 de Julio y el Directorio Revolucionario para coordinar estrategias y unir fuerzas contra la creciente represión del régimen”.
Estos dos hechos se enmarcan dentro de los enunciados del párrafo 1 del artículo 107 del Código Penal castrista.
Concluyendo. Castro, a la luz de su justicia penal puede calificarse perfectamente como el dirigente de una organización terrorista, es decir una especie de Osama Ben Laden criollo.
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